REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 13 de abril de 2012.
201º y 153º
ASUNTO: AP21-L-2011-002415
Visto el escrito de pruebas (folios 44-62 inclusive de la pieza principal) presentado por la abogada Jennitt Moreno, en su condición de apoderada judicial (folios 32-35 inclusive de la pieza principal) del accionado “Banco Industrial de Venezuela c.a.”, este Tribunal a los fines de providenciar lo conducente, lo hace sobre la base de las siguientes consideraciones:
PRIMERO: Con respecto a los capítulos “I” y “II”, el Tribunal destaca a la promovente que el “MÉRITO FAVORABLE DE LOS AUTOS” y la “COMUNIDAD DE LA PRUEBA” no constituyen medios de pruebas susceptibles de promoción sino la expresión de los principios de adquisición o comunidad de los elementos probatorios, los cuales una vez cursan en autos, se hacen del proceso con absoluta independencia de la parte que los produjo.-
SEGUNDO: En referencia a las Instrumentales, se deja constancia que componen los folios 2-158 inclusive del cuaderno de recaudos núm. 2, las cuales se admiten salvo su apreciación en la sentencia de mérito.-
Por último, se hace saber a las partes que deberán comparecer a la audiencia de juicio tanto la demandante como los órganos directivos y gerenciales de la accionada que tengan conocimiento preciso sobre lo demandado, quienes se consideran juramentadas conforme al artículo 103 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, para contestar al Juez de Juicio las preguntas que éste tenga a bien formularles.
El Juez de Juicio,
CARLOS J. PINO A.
La Secretaria,
LUISANA OJEDA.
CJPA/Ifill.-