REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE:

EL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.

ASUNTO: AP21-L-2011-000773

En el juicio que por reclamo de prestaciones siguen los ciudadanos ROBERTO A. MÁRQUEZ B., titular de la cédula de identidad núm. 11.230.741, HOWARD E. MORENO P., titular de la cédula de identidad núm. 12.761.314 y LUIS M. GÓMEZ, titular de la cédula de identidad núm. 20.026.571, cuyos apoderados judiciales son los abogados: Lenor Rivas de L., Mario Lárez D., Darcily Henríquez F., Henry Lárez R., Aura M. Angarita H., Omaira M. Torres de B. y Nathalie C. Rivas O., contra las sociedades mercantiles denominadas: “REPRESENTACIONES ICHI 2009 C.A.”, de este domicilio, inscrita ante el Registro Mercantil IV de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y estado Miranda, en fecha 8 de julio de 2009, bajo el nº 44, tomo 102-A-Cuarto, “INVERSIONES 57 LOUNGE C.A.”, de este domicilio, inscrita ante el Registro Mercantil IV de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y estado Miranda, en fecha 10 de julio de 2009, bajo el nº 45, tomo 102-A-Cuarto, “INVERSIONES IL FORNO TRATTORIA 57 C.A.”, de este domicilio, inscrita ante el Registro Mercantil IV de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y estado Miranda, en fecha 7 de julio de 2009, bajo el nº 3, tomo 102-A-Cuarto, “INVERSIONES STRIP STEAKS CARACAS C.A.”, de este domicilio, inscrita ante el Registro Mercantil IV de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y estado Miranda, en fecha 7 de julio de 2009, bajo el nº 4, tomo 102-A-Cuarto, “INVERSIONES HASNA C.A.”, de este domicilio, inscrita ante el Registro Mercantil IV de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y estado Miranda, en fecha 7 de julio de 2009, bajo el nº 2, tomo 102-A-Cuarto, “INVERSIONES ARTE MSR C.A.”, de este domicilio, inscrita ante el Registro Mercantil IV de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y estado Miranda, en fecha 7 de julio de 2009, bajo el nº 76, tomo 101-A-Cuarto, “INVERSIONES IL MULINAZZO 59 C.A.”, de este domicilio, inscrita ante el Registro Mercantil IV de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y estado Miranda, en fecha 10 de julio de 2009, bajo el nº 46, tomo 102-A-Cuarto, “ADMINISTRADORA YFC C.A.”, de este domicilio, inscrita ante el Registro Mercantil IV de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y estado Miranda, en fecha 29 de septiembre de 1999, bajo el nº 38, tomo 145-A-Cuarto y “ADMINISTRADORA YAMIN GOURMET C.A.”, de este domicilio, inscrita ante el Registro Mercantil IV de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y estado Miranda, en fecha 16 de octubre de 2009, bajo el nº 76, tomo 152-A-Cuarto, representadas por el abogado: Renato C. Valente V., este Juzgado observa lo siguiente:

Los apoderados judiciales de las partes presentaron escrito transaccional por la cantidad de noventa y siete mil doscientos bolívares (Bs. 97.200,00) y en razón que actuaron conforme a las facultades que les fueron conferidas por sus mandantes (fols. 26-34 y 139-162 inclusive de la 1ª pieza), el Tribunal imparte su aprobación homologando este medio de autocomposición procesal en los términos expuestos, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 3° de la Ley Orgánica del Trabajo, 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, y 1.713 del Código Civil. Así se resuelve.-
DECISIÓN

Por las motivaciones que anteceden, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:

1°) HOMOLOGADA la transacción celebrada en el juicio interpuesto por los ciudadanos Roberto a. Márquez B., Howard E. Moreno P. y Luis M. Gómez contra las sociedades mercantiles denominadas: “Representaciones Ichi 2009 c.a.”, “Inversiones 57 Lounge c.a.”, “Inversiones Il Forno Trattoria 57 c.a.”, “Inversiones Strip Steaks Caracas c.a.”, “Inversiones Hasna c.a.”, “Inversiones Arte MSR c.a.”, “Inversiones Il Mulinazzo 59 c.a.”, “Administradora YFC c.a.” y “Administradora Yamin Gourmet c.a.”, ambas partes debidamente identificadas en los autos.

2°) No hay condenatoria en costas en virtud de lo dispuesto en el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

3°) Se deja constancia que el lapso para ejercer recursos en contra de la presente decisión comenzará a correr a partir del día de hoy, exclusive.

Publíquese y regístrese.

Dada, firmada y sellada en la sede del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en la misma ciudad, el dos (02) de abril de dos mil doce (2012). Año 201º de la Independencia y 153º de la Federación.

El Juez,
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CARLOS J. PINO ÁVILA.
La Secretaria,
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LUISANA L. OJEDA V.
En la misma fecha, siendo la dos horas y cuarenta y un minutos de la mañana (2:41 pm.), se consignó y publicó la anterior decisión.

La Secretaria,
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LUISANA L. OJEDA V.
Asunto AP21.L-2011-000773
2 piezas.
1 cuaderno de medidas.
CJPA/Ifill.-