Republica Bolivariana De Venezuela

Poder Judicial
Tribunal Tercero De Primera Instancia De Juicio Del Trabajo De
La Circunscripción Judicial Del Área Metropolitana De Caracas
Caracas, Dieciocho (18) de Abril de dos mil doce (2012)
201º y 153º

ASUNTO: AP21-L-2011-001032

Vista la diligencia consignada en fecha Once (11) de Abril de 2012, ante la Unidad de recepción y Distribución de Documentos, de este circuito Judicial , suscrita por los Abogados JUAN LANDER, debidamente inscrito ante el I.P.S.A bajo el numero: 46.167 y Abogado EDWARDS CARRASCO , Inpreabogado:111.340 actuando en su condición de Apoderado judicial de la parte actora el primero y de la parte demandada el segundo , mediante la cual la parte actora a través de de su apoderado indica que manifiesta desistir del presente procedimiento toda vez que la misma fue reincorporada a su puesto de trabajo y el fueron cancelados los correspondientes salarios caídos y por su parte la representación judicial de la demanda manifiesta aceptar el desistimiento presentado, por cuanto se observa este juzgador que la actuación realizada es producto de la voluntad libre, consciente y espontánea expresada por el apoderado judicial de la parte actora; debidamente facultado para este acto tal y como consta en instrumento poder que riela inserto a los folios 24 y 25 del expediente , la cual no es contraria a derecho, al orden publico, ni a las buenas costumbres; en consecuencia este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana, en uso de sus atribuciones legales previstas en los artículos 261,262 y 263 del Código de Procedimiento Civil adminiculado a lo que reza en el Artículo 3 Parágrafo Único de la Ley Orgánica del Trabajo, HOMOLOGA el presente desistimiento y le otorga fuerza de COSA JUZGADA. CUMPLASE.

REGÍSTRESE y PUBLÍQUESE

Dada, firmada y sellada, en la sala del Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas, a los dieciocho (18) días del mes de Abril de 2012. Años: 201° y 153°.

EL JUEZ,
Abg. MANUEL ALEJANDRO FUENTES
LA SECRETARIA,

Abg. LUISANA OJEDA.


En la misma fecha y previa las formalidades de ley, se registró y publicó la presente decisión.