REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto (4º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veinticuatro (24) de abril del año dos mil doce (2012)
Año 202º y 153º


ASUNTO: AP21-S-2012-00479

Vista la diligencia presentada en fecha 17 de abril del año en curso, ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) del Circuito Judicial del Trabajo de Caracas, por el abogado SEBASTIAN NASTARI, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el No. 139.521, con facultad expresa para desistir según poder que cursa en autos, este Tribunal observa lo siguiente:


El presente juicio se inició con motivo a la Oferta Real de Pago, presentada en fecha 29 de marzo del año 2012, por el abogado SEBASTIAN NASTARI, en su carácter de apoderado judicial de la empresa SAP ANDINA Y DEL CARIBE, C.A., y de una revisión efectuada por este Juzgado, se constata que la parte oferente ha manifestado desistir del procedimiento, libre de constreñimiento alguno, que el desistimiento consta por escrito,,5 a tal efecto, este Juzgado Cuarto (4º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO presentada en la presente oferta real de pago, por la parte antes identificada en autos, en los términos expuestos por ellas. Igualmente, se da por concluido el proceso y se ordena el cierre y archivo del expediente. Así se establece.- Déjese copia de la presente decisión.-

La Juez,

Abg. Omaira Alejandra Uranga

El Secretario,

Abg. Antonio Boccia






NOTA: En la misma fecha y previo cumplimiento de las formalidades legales, se dictó y publicó la presente decisión.




El Secretario,

Abg. Antonio Boccia