REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2012-000751
PARTE ACTORA: RODOLFO ALVAREZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ARSENIO ANTONIO SEQUERA CAMACHO, INGRID ZULEIMA CASTRO ALDANA
PARTE DEMANDADA: EL PAIS TELEVISION, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: NO CONSTITUYÒ
MOTIVO: REENGANCHE Y SALARIOS CAIDOS

Hoy, diez (10) de Abril de 2012, día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma los ciudadanos ARSENIO ANTONIO SEQUERA CAMACHO, INGRID ZULEIMA CASTRO ALDANA, abogado, inscritos en el Inpreabogado bajo los No. 79.000, 77.427, en su condición de apoderados judiciales de la parte actora, se deja copntancia de la incomparecencia de la parte demandada, dándose así inicio a la audiencia y terminada la misma. Los apoderados judiciales de la parte actora expone: En este acto desiste del presente procedimiento incoada en contra de la demandada por REENGANCHE Y SALARIOS CAIDOS y en consiguiente me reservo para interponer una nueva demanda en la etapa procesal correspondiente y de igual forma este Juzgado considera que no hay lugar a ningún tipo de costas según el articulo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y solicitan se homologue conforme a derecho y de por terminado el procedimiento. Este Tribunal en vista que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derecho irrenunciables de los trabajadores, ni normas de orden público, HOMOLOGA LO SEÑALADO POR LA PARTE ACTORA, dándoles efectos de cosa Juzgada y en consecuencia CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, ES TODO. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los diez (10) de Abril de 2.012. Se deja constancia que se devolvieron escritos de promoción de pruebas y sus anexos a cada una de las partes.

El Juez


Abog. Diego Antonio Araujo Aguilar

Los Presentes
El Secretario

Abog. Tomas Mejias