REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
ACTA
N° DE EXPEDIENTE:AP21-L-2011-003578
PARTE ACTORA:RIGEL RICARDO VALLADARES MENDEZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: JOSE RAMON QUIJADA MARIN
PARTE DEMANDADA: FUNDACION DE EDIFICACIONES Y DOTACIONES EDUCATIVAS.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: OSCAR TABARES TOVAR, ALEJANDRO JOSE ALVAREZ MARTINEZ,
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO
Hoy, dieciocho (18) de Abril de 2012, día y hora siendo las 9:00 a.m, para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio RIGEL RICARDO VALLADARES MENDEZ contra FUNDACION DE EDIFICACIONES Y DOTACIONES EDUCATIVAS; comparecieron a la misma los ciudadanos, OSCAR TABARES TOVAR, ALEJANDRO JOSE ALVAREZ MARTINEZ, abogado, inscritos en el Inpreabogado bajo los No. 110.888, 136.653, en su condición de apoderados judiciales de la parte demandada; según se desprende de instrumento poder que presento en original constante de tres (03) folios y se anexa copia al expediente; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 153° y 202°.
El Juez
Abog. Diego Antonio Araujo Aguilar
Los Presentes
El Secretario
Abog. Tomas Mejias
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