REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 24 de Mayo de 2.012.
201º y 153º

Asunto: AP11-M-2012-000060

Vista la reforma de la demanda y sus recaudos consignados, presentada por el abogado ASDRUBAL GARCIA SANABRIA inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el número: 43.794, actuando en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil MERCANTIL, C. A., BANCO UNIVERSAL, con domicilio en la ciudad de Caracas, originalmente inscrito en el Registro de Comercio que llevaba el antiguo Juzgado de comercio del Distrito Federal, el 3 de Abril de 1.925, bajo el número; 123, cuyos actuales Estatutos Sociales modificados y refundidos en un solo texto constan de asiento inscrito en el Registro Mercantil Primero del Distrito Capital y estado Bolivariano de Miranda, endecha 28 de Septiembre de 2.011, anotado bajo el número; 46, Tomo 203-A., Registro Único de Información Fiscal (R. I. F.) número: J- 00002961-0, este Tribunal la ADMITE cuanto ha lugar en derecho, de conformidad con lo establecido en el Artículo 343 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia se ordena emplazar a la Sociedad Mercantil 2015 AMERICAN COMPUTER SUPPLY., Registro Único de Información Fiscal (R. I. F.) número: J-308012041, domiciliada en la ciudad de Caracas, inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y estado Miranda, en fecha 10 de Abril de 2.001, bajo el Nº 76, Tomo 66-A, en la persona de su Presidente, ciudadano ENRIQUE LEON RAMOS RAMOS, y éste último en su propio nombre y el ciudadano MARIO BERNABE RAMOS RAMOS, venezolanos, mayores de edad, solteros, de éste domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad números: V- 12.908.796 y V- 5.914.277, respectivamente, e inscritos en el Registro de Información Fiscal bajo los números: V- 129087966 y V- 059142778, respectivamente, en su carácter de fiadores solidarios y principales pagadores de la referida Sociedad Mercantil 2015 AMERICAN COMPUTER SUPPLY, para que comparezcan por ante este Tribunal DENTRO DE LOS VEINTE (20) DÍAS de despacho siguientes a la constancia en autos que de la última de las citaciones se haga, en las horas de despacho, comprendidas entre las 8:30 a.m. a 3:30 p.m., tal como lo prevé el Artículo 192 del Código de Procedimiento Civil, a fin de dar contestación a la demanda y su reforma que por COBRO DE BOLÍVARES incoara en contra de ustedes, la Sociedad Mercantil MERCANTIL, C. A., BANCO UNIVERSAL. Compúlsese el libelo de la demanda, el auto de Admisión de fecha 27 de Febrero de 2.012, la reforma de la demanda, el presente auto y su orden de comparecencia al pié, previa certificación por Secretaría, de conformidad con lo establecido en los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, previo suministro de los fotostatos respectivos, los cuales deberán ser consignados por diligencia. Respecto a la medida preventiva solicitada este Tribunal proveerá lo conducente por auto separado en el Cuaderno de Medidas que al efecto se ordena abrir y trasladar al mismo copia certificada del libelo de la demanda y sus anexos, previo el suministro de los fotostatos respectivos mediante diligencia. Igualmente se acuerda entregar las compulsas de conformidad con lo establecido en el Artículo 345 del Código de Procedimiento Civil.
LA JUEZ,
SARITA MARTINEZ CASTRILLO LA SECRETARIA
NORKA COBIS RAMÍREZ



Hora de Emisión: 11:41 a.m.
Asistente que realizo la actuación: Erick.-