REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 16 de abril de 2012
201º y 153º

Vista la diligencia de fecha 11.04.2012, presentada por la abogada AMIRA GARCÍA PRIETO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 8073, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, mediante la cual solicita copias certificadas de las siguientes actuaciones: en la primera pieza: (2) copias certificadas del libelo de demanda; (2) copias certificadas documento de poder otorgado por Diarca; (1) copia certificada Carta convenio Mavesa-Diarca del 14.07.99; (1) copia certificada autorización de distribución de Mavesa a diaria; (1) copia certificada comunicación del supervisor de bebidas, región Oriente Norte; (2) copias certificadas auto de admisión de la demanda; (1) copia certificada constancias del alguacil de no haber podido practicar citación personal de los señores Jonathan Coles y Alberto Tovar Phelps; (1) copia certificada cartel de citación del 13.03.2001; (1) copia certificada publicación cartel en el Nacional del 06.04.2001; (1) copia certificada publicación del cartel en el universal del 10.04.2001; (1) copia certificada constancia de secretaría del 17.04.2001, sobre la fijación del cartel en la sede de Mavesa, y haber cumplido formalidades de la citación por carteles; (2) dos copias certificadas reforma de la demanda; (2) copias certificadas auto de admisión de la reforma; (1) copia certificada promoción de cuestiones previas; (2) copias certificadas auto de avocamiento a la causa; (1) boleta de notificación del avocamiento; (1) copia certificada Constancia de entrega de Boleta de Notificación del Avocamiento; (1) copia certificada Sentencia Interlocutoria del 16.09.2002; (1) copia certificada Constancia de entrega de la boleta de notificación de sentencia interlocutoria; (1) copia certificada Sentencia interlocutoria del 31.01.03; (1) Boleta de notificación de la sentencia interlocutoria; (1) copia certificada Constancia de entrega de la boleta de notificación de la sentencia interlocutoria; (1) copia certificada contestación al fondo de la demanda 26.02.03; (1) contestación al fondo de la demanda 05.03.03; (1) copia certificada promoción de pruebas, Diarca; (1) copia certificada de la oposición de Mavesa a las pruebas; (1) copia certificada del convenimiento de Diarca sobre algunos hechos; (1) copia certificada del auto del pronunciamiento sobre oposición las pruebas y admisión de las pruebas promovidas por Diarca; (2) copias certificadas del documento de poder otorgado por Diarca a Amira García Prieto; (1) copia certificada del auto de fecha 05.05.03, ordenando la Exhibición de listado de clientes; (1) copia certificada de la diligencia de Mavesa, apela de la decisión del Tribunal de no abrir, ni efectuar el acto de Exhibición documental; (1) copia certificada del acta del 14.05.03, apoderado de Mavesa, declara que el listado de clientes nunca existió. En el Cuaderno de Apelación: una copia certificada de la sentencia dictada el 21.02.2004, por el Juzgado Superior Tercero, asimismo, una copia certificada de la constancia de secretaría de que las partes quedaron notificadas de dicha sentencia. En la segunda pieza: (1) copia certificada sentencia definitiva del 24.05.2004, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia. En la tercera pieza: (1) copia certificada Sentencia dictada el 25.01.2005, por el Juzgado Superior Primero; (1) copia certificada sentencia dictada el 15.11.2005, por el Tribunal Supremo de Justicia; (1) copia certificada sentencia (reenvío) dictada el 04.05.2007, por el Juzgado Superior Noveno; (1) copia certificada de la Sentencia dictada el 31.01.2008, por el Tribunal Supremo de Justicia. En la cuarta pieza: (1) copia certificada de la sentencia (reenvío) dictada el 10.08.2009, por el Juzgado Superior Sexto; (1) copia certificada de la sentencia dictada por la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha 11.03.2010; (2) copias certificadas del auto y constancia de secretaría del Juzgado Superior Cuarto de fechas 24.09.2010 y 15.10.2010; (2) copias certificadas de la diligencia de la apoderada de Diarca del 28.11.2010; (2) copias certificadas de la diligencia de apoderada de Diarca del 07.12.2011; (2) copias certificadas de la Inhibición de la Juez del Superior Cuarto; (2) copias certificadas del auto del Juzgado Superior Séptimo dando por recibido y ordenando notificar a las partes. Este Tribunal acuerda en conformidad. En consecuencia, se acuerda expedir copias certificadas de lo antes señalado, así como de la diligencia que lo solicita y del presente auto que lo acuerda, la cual lo suscribirá el Secretario en todas y cada una de sus partes de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.-
El Juez Titular,

Dr. Víctor José González Jaimes.
El Secretario,

Abg. Richars Domingo Mata.
Exp Nº 10288
VJGJ/RDM/Edward