REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del
Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veinticinco de abril de dos mil doce
202º y 153º

Revisadas las actuaciones que anteceden se observa que la solicitud que la contiene fue admitida mediante auto dictado el 4 de diciembre de 2009, presentada a los fines de que el Tribunal declarara la INSERCIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO del ciudadano RUDY CRUZ SANCHEZ CACERES. En dicho auto se ordenó librar cartel de emplazamiento y boletas de notificación, una vez fueran consignadas las respectivas copias para su certificación.
Ahora bien, visto el tiempo transcurrido desde que fue introducida la solicitud sin que el solicitante haya impulsado su procedimiento; es evidente que éste no tiene interés en que el Tribunal se pronuncie con respecto a la inserción solicitada. Por tales razones se declara TERMINADA la presente solicitud y se ordena su cierre en el sistema juris 2000 y su archivo. Así se decide. Cúmplase lo ordenado.
LA JUEZ TITULAR,

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Abg. ZOBEIDA M. ROMERO ZARZALEJO.
LA SECRETARIA TITULAR,
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Abg. VIOLETA RICO CHAYEB.

ZMRZ/VRC/nataly.
Exp : AP31-F-2009-004081