REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL


Juzgado Décimo Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintiseis de abril de dos mil doce
202º y 153º

ASUNTO : AP31-S-2012-003855

Vista la solicitud de SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES presentada por los ciudadanos VLADIMIR JESÚS SALAS GONZÁLEZ e ISBELY MÉNDEZ COLMENARES, venezolanos, mayores de edad cónyuges, titulare de las cédulas de identidad Nros. 6.296.486 y 12.561.208, respectivamente, asistidos por la abogada Celina Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 78.277, este Tribunal en atención a lo previsto en el artículo 3 de la Resolución 2009-0006 de fecha 18 de Marzo de 2009, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39152 de fecha 02 de Abril de 2009, la admite cuanto ha lugar en derecho por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia, DECRETA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES de los ciudadanos, VLADIMIR JESÚS SALAS GONZÁLEZ e ISBELY MÉNDEZ COLMENARES, antes identificados, en los términos y condiciones por ellos establecidos, en el escrito de fecha 25/04/2012, todo ello de conformidad con lo previsto en los artículos 189 y 190 del Código Civil, en concordancia con el artículo 762 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo, se acuerda expedir por Secretaria los dos (2) juegos de copias certificadas del escrito de solicitud y del presente auto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, previa consignación de los fotostatos necesarios. Cúmplase.-
LA JUEZ
ANABEL GONZÁLEZ GONZÁLEZ

LA SECRETARIA
ARLENE PADILLA
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