REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO VIGESIMO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACION Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas, 27 de Abril de 2012
202° Y 152°

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2011-004840
PARTE ACTORA: GREGORIS RIVERO, C.I. V-20.631.090.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: JUAN NETO, IPSA N° 117.066.
PARTE DEMANDADA: ALIMENTOS GIRASOL, C.A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: SIHAM MASSAAD y MANUEL SALAS, IPSA N° 163.987 y 67.084.
MOTIVO: COBRO DE DOMINGOS

ACTA


En el día hábil de hoy 27 de abril de 2012, siendo las 11:30 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, en el presente juicio, a la hora arriba señalada, se procedió a anunciar el presente acto por el Alguacil en la Sala de comparecencia, del Edificio Centro Financiero Latino, dejando constancia expresa de la incomparecencia del demandante GREGORIS RIVERO, Titular de la C.I. V- 20.631.090, por si o por medio de apoderado judicial alguno y de la comparecencia de la demandada ALIMENTOS GIRASOL, C.A., a través de su representante judicial MANUEL SALAS, IPSA Nº 67.084. Visto que la asistencia a la Audiencia Preliminar es de carácter obligatorio, es por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Vigésimo Noveno de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.


GILBERTO ANTONIO ALFARO GUERREIRO
JUEZ
REPRESENTANTE PARTE DEMANDADA

ABG. NORIALY ROMERO
SECRETARIA
EXP: AP21-L-2011-004840
GAA/Nr