PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa Guanare
Guanare, 13 de abril de 2012
201º y 153º
ASUNTO: PH05-V-2008-000304
DEMANDANTE: NORY DEL CARMEN MATERANO SARABIA Y GILMARY DEL VALLE TORRES MATERANO.
DEMANDADAS: LAURA MARIA BAPTISTA Y LUISA YAJAIRA RUIZ.
MOTIVO: NULIDAD DE VENTAS.
ACTA DE AUDIENCIA DE SUSTANCIACION Y DECISION DE LA MISMA.
En el día de actividad Jurisdiccional de hoy, viernes trece (13) de abril del dos mil doce (2.012), siendo las once de la mañana (10:00 a.m.), oportunidad fijada por este Tribunal para llevarse a efecto el inicio de la Audiencia Preliminar en Fase de Sustanciación de conformidad con lo previsto en el articulo 475 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por tratarse de un asunto sometido al Procedimiento Ordinario, se anunció el acto a las puertas del Tribunal dejando constancia que no se encuentra presente la parte demandante la ciudadanas NORY DEL CARMEN MATERANO SARABIA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.727.626, la ciudadana GILMARY DEL VALLE TORRES MATERANO titular de la Cédula de Identidad Nº V-22.094.824, ni por si ni por medio de apoderada judicial, así mismo se deja constancia que no compareció el Abogado PEDRO JOSÉ PARRA CORDERO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 118.992, Defensor Judicial de la ciudadana Luisa Yajaira Ruiz ni y la Abogada ARACELIS JACINTA GARCIA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 137.142, Defensora Judicial de la ciudadana Laura María Baptista. Se constituye el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación, dirige y preside el acto la Jueza de Mediación y Sustanciación Abogada Pastora Peña Garcías, Secretario el Abogado Alfredo José Oropeza Saavedra, y el Alguacil Riwil Villarroel; así mismo se deja constancia de la presencia del técnico audiovisual temporal designado a este Circuito Judicial ciudadano José Manuel Mendoza, venezolano, titular de la cedula de identidad Nro. V-17.003.944 con una cámara marca: Sony, tipo: Handycam, Serial: 5311. Se declara abierta la audiencia, siendo las diez y cinco de la mañana (10:05 a.m.). Toma la palabra la ciudadana Jueza vista la inasistencia de la parte demandante así como de la demandada, se declara terminado el proceso de acuerdo a lo preceptuado en el artículo 477 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescetes, el cual establece:
“Si ambas partes no comparecen, se termina el proceso mediante sentencia oral, reducida a un acta que se publicará el mismo día”. (Fin de la cita).
Por los anteriores razonamientos este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y con competencia en materia de Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO a tenor de lo dispuesto en el artículo en el articulo 477 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
En tal sentido, se acuerda el desglose de los documentos originales insertos en el presente expediente y en su defecto dejar copias simples de los mismos. Así mismo, se ordena el cierre de la presente causa y su remisión al Archivo Judicial. Seguidamente se da por concluida la audiencia, siendo las diez y diez de la mañana (10:10 a.m). Es todo, termino, se leyó y conformes firman.
La Jueza
Abg. Pastora Peña Garcías
Técnico Audiovisual, Alguacil,
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El Secretario,
Abg. Alfredo José Oropeza
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