REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y DE TRANSICIÓN

ASUNTO PRINCIPAL: AP51-V-2011-018459

MOTIVO: FIJACION DE REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR.

DEMANDANTE: VANESSA YAMILETH ACOSTA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-22.020.031.

DEMANDADO: FRANK FLORES GIL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-18.269.941.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.

DESISTIMIENTO.

Revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente asunto con motivo de FIJACION DE REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, presentada por la ciudadana VANESSA YAMILETH ACOSTA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-22.020.031, en contra del ciudadano FRANK FLORES GIL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-18.269.941, este Tribunal, observa del acta de fecha 18/04/2012 (f. 33), que la parte actora no comparecieron a la Audiencia de Mediación fijada mediante auto dictado en fecha 28/03/2012; razón por la cual esta Jueza Octava de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, considera DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO y en consecuencia, se declara EXTINGUIDA LA INSTANCIA. Se le advierte a la solicitante, que no podrá intentar nuevamente la solicitud, antes de que transcurran treinta (30) días continuos, contados a partir del día siguiente al de hoy. ASI SE DECIDE.
LA JUEZ


Abg.LISBETH KARINA MARTIN SIMOZA.
EL SECRETARIO,



ABG. LUIS MORALES
LKMS/LM/HERIBERTO MEDINA.