REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal Décimo Quinto (15º) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Juez del Tribunal 15to
Caracas, 208 de abril de 2012
201º y 153º

ASUNTO: AP51-J-2012-005766

SOLICITANTE: DANYELA DALIANA RODRIGUEZ AYALA, venezolana, menor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 25.218.914
NIÑO: (SE OMITE IDENTIDAD), de dos (02) meses de nacido.
ABOGADA: LISETTE KARIM, DEFENSORA PÚBLICA DÉCIMA NOVENA (19°).
MOTIVO: CARGA FAMILIAR.

Vista la anterior solicitud de JUSTIFICATIVO DE CARGA FAMILIAR, presentada por la ciudadana DANYELA DALIANA RODRIGUEZ AYALA, ut supra identificada, actuando en nombre y representación de su hijo DIEGO IGNACIO, de de dos (02) meses de nacido, asistida por la abogada LISETTE KARIM, en su carácter de Defensora Pública Décima Novena (19°), por la cual solicitó que su hijo, sea declarado carga familiar del ciudadano, OSMAR EDUARDO RODRIGUEZ VILLARREAL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 12.260.370. En consecuencia, este Tribunal Décimo Quinto (15º) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, cumplidas como fueron las formalidades de Ley, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara PROCEDENTE la solicitud de CARGA FAMILIAR y en consecuencia se declara al niño (SE OMITE SU IDENTIDAD), de dos (02) meses de nacido, carga familiar del ciudadano, OSMAR EDUARDO RODRIGUEZ VILLARREAL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 12.260.370. Expídanse por secretaría las copias certificadas que sean necesarias a los interesados, de conformidad con los artículos 11 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Se ordena CIERRE Y ARCHIVO. Líbrese lo conducente. Cúmplase.-
Publíquese y Regístrese
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En Caracas, veinte (20) de Abril del año dos mil doce (2012). Años 201° de la Independencia y 153° de la Federación.
LA JUEZ

DRA. LENNI CARRASCO DORANTE

LA SECRETARIA

ABG. LUISA OLIVEROS
AP51-J-2012-005766
Lcd/lo/marianna