REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL
TRIBUNAL DÉCIMO QUINTO (15°) DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y TRANSICIÓN
Caracas, 09 de Abril de 2012
201º y 153º

ASUNTO: AP51-J-2012-004322
Motivo: Título de Únicos y Universales Herederos
Solicitante: MADELEYN DEL VALLE PIÑA NAVAS Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-16.343.733
Abogada: LISBET MARCANO DASILVAIGUEZ, Abogada en ejercicio inscrito en el inpreabogado bajo el número 95.054
De Cujus: EDUARDO JOSE CASTILLO CANTOR

Revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente asunto, contentivo de la solicitud que por Título de Únicos y Universales Herederos, presentó la ciudadana MADELEYN DEL VALLE PIÑA NAVAS, ut supra identificada, actuando en su nombre y representación de su hija, asistida por la Abogada LISBET MARCANO DASILVAIGUEZ, Abogada en ejercicio inscrito en el inpreabogado bajo el número 95.054, este Tribunal, observa del acta de fecha 03/04/2012, cursantes a los folios 13 y 14 del presente asunto, que fueron promovidas y evacuadas las declaraciones de los testigos, ciudadanos YULIMAR MERCEDES CONDE LOPEZ y LUIS ENRIQUE MARCANO FERMIN, plenamente identificadas en dichas actuaciones, y cumplidas como fueron las formalidades de Ley, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declaran las presentes actuaciones JUSTIFICATIVO DE UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO, a favor de la ciudadana: MADELEYN DEL VALLE PIÑA NAVAS Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-16.343.733 en su hija, la niña (SE OMITE SU IDENTIDAD), de ocho (08) años de edad; como beneficiarios del de cujus EDUARDO JOSE CASTILLO CANTOR, quien en vida fue titular de la cédula de identidad N° V-13.493.436. Devuélvase original con sus resultas a la parte solicitante. Y ASÍ SE DECIDE.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Juzgado Décimo Quinto (15°) de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial del Tribunal Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. En Caracas, al día 09 de Abril de dos mil doce (2012). Años: 201° de la Independencia y 153° de la Federación.-
LA JUEZ

DRA. LENNI CARRASCO DORANTE
LA SECRETARIA,

Abg. LUISA OLIVEROS



MLRL/LO/Brey*