REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
TRIBUNAL DE CONTROL

Guanare, 16 de Agosto de2012
Años: 202° y 153°

Nº .-11
1U-438-10

JUEZ DE CONTROL N° 1: Abg. Elker Torres Caldera
ACUSADO: Gustavo Enrique Martínez Barreto
DELITO: Amenaza y Privación Ilegitima de Libertad
DEFENSOR: Abg. Adolkis Cabeza
REPRESENTACIÓN FISCAL: Fiscalía Séxta del Ministerio Público Abg. Simara López
VICTIMA: Maria Francelys Guerra
SECRETARIA: Abg. Tania Rivero Pargas


Celebrada como ha sido la Audiencia Oral por haber transcurrido el tiempo por el cual le fue impuesto al ciudadano Gustavo enrique Martínez Barreto, venezolano, natural de Guanare de 49 años de edad, fecha de nacimiento 01/03/1963, soltero, titular de la cédula de identidad N°8.064.808, de profesión comerciante, residenciado en el Barrio Curazao callejón el Jobito a 70 mts aproximado del colegio de ingeniero; municipio Guanare Estado Portuguesa; la Suspensión Condicional del Proceso, conforme a lo previsto en el artículo 42 del Derogado Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia en aras de una justicia expedita, eficaz y sin dilaciones indebidas, visto el informe conductual que corre inserto a los autos es por lo que este Tribunal decide en base a las consideraciones siguientes:
PRIMERO:
En fecha 28-05-2010, se recibió acusación en contra Gustavo enrique Martínez Barreto, por la comisión del delito de Amenaza y Privación Ilegitima de Libertad, previstos y sancionado en el articulo 41 de la Ley Orgánica Sobre los Derechos de las Mujeres a una Vida libre de Violencia, y 174 primer aparte del Código Penal, respectivamente en perjuicio de Guerra Mejias María Francelis

SEGUNDO:
En fecha 30/06/2010, en la audiencia del Juicio oral y público se le decretó la SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO, al ciudadano Gustavo Enrique Martínez Barreto, por la comisión del de Amenaza y Privación Ilegitima de Libertad, previstos y sancionado en el articulo 41 de la Ley Orgánica Sobre los Derechos de las Mujeres a una Vida libre de Violencia, y 174 primer aparte del Código Penal, respectivamente en perjuicio de Guerra Mejias María Francelis, de conformidad con el artículo 42 y 44 del Código Orgánico Procesal Penal, imponiéndosele como condición: la presentación por ante la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema de Penitenciario y la prohibición de ejercer actos de persecución o intimidación en contra de la victima, por el lapso de un (01) año.

TERCERO:
En fecha 16 de Agosto de 2009, se celebró audiencia de verificación de cumplimientote condiciones , en la cual se decretó Sobreseimiento de la causa, al ciudadano Gustavo Enrique Martínez Barreto, por cumplir con las obligaciones impuestas, conforme se evidencia de comunicación Nº1212 de fecha 22 de Agosto de 2011 emanado de la Unidad Técnica de Apoyo Al Sistema Penitenciario de Guanare, donde indica que finalizo el régimen de las obligaciones impuestas por este juzgado y con las orientaciones impartidas por el delegado de prueba, teniendo un resultado favorable: aunado al hecho de que la victima pese haber sido debidamente notificada, no compareció a la presente audiencia; la cual esta representada por al fiscal del Ministerio Público.

Ahora bien constándole a este tribunal el cumplimiento de las condiciones impuestas al ciudadano Gustavo Enrique Martínez Barreto conforme al informe de culminación emanado de la Unidad Técnica de Supervisión y Orientación, y al hecho de la victima de no comparecer a la presente audiencia a pesar de estar debidamente notificada, en el sentido de que da a entender que la misma no ha sido objeto de persecución por parte del acusado; y tomando en consideración que la Suspensión Condicional del Proceso como forma alternativa a la prosecución del proceso cumplió su finalidad, ya que facilitó la resolución de un conflicto creado por el delito sin necesidad de acudir a la aplicación de la pena, cumplidas las condiciones por el tiempo señalado en la decisión que las acordó, debe decretarse el sobreseimiento de la causa, de conformidad con lo establecido en el artículo 42, 45 y 48 Numeral 7 en relación al 318 ordinal 3°, del Derogado Código Orgánico Procesal Penal
DISPOSITIVA
Por las razones antes expuesta, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio Nº 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Decreta el Sobreseimiento de la causa seguida contra Gustavo Enrique Martínez Barreto, venezolano, natural de Guanare de 49 años de edad, fecha de nacimiento 01/03/1963, soltero, titular de la cédula de identidad N°8.064.808, de profesión comerciante, residenciado en el Barrio Curazao callejón el Jobito a 70 mts aproximado del colegio de ingeniero; municipio Guanare Estado Portuguesa, por el delito de de Amenaza y Privación Ilegitima de Libertad, previstos y sancionado en el articulo 41 de la Ley Orgánica Sobre los Derechos de las Mujeres a una Vida libre de Violencia, y 174 primer aparte del Código Penal, respectivamente en perjuicio de Guerra Mejias María Francelis, con fundamento en los artículos 42, 45 y 48 Numeral 7 en relación al 318 ordinal 3° del Derogado Código Orgánico Procesal Penal Archívese y Diarícese, déjese copia, notifíquese a la victima y remítase al archivo en su oportunidad legal.

La Jueza de Juicio No. 1

Abg. Elker Torres Caldera
La Secretaria,

Abg. Tania Rivero