ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2012-001630
PARTE ACTORA: MARIA XIOMARA ARAQUE VILLARREAL
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: JESUS RODRIGUEZ y WILLIAM APARCERO
PARTE DEMANDADA: SURAMERICANA DE ESPECTACULOS
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: THOMAS BARDINET
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO
Hoy, 13 de agosto del año 2012, siendo las 10:30 a.m., día y hora fijados para que tenga lugar la celebración de la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, abogado WILLIAM APARCERO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro.- 91.683, y el abogado MANUEL SALAS inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro.- 67.0814, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, dándose así inicio a la audiencia. En este estado toma la palabra el apoderado judicial de la parte demandada y expone: “en este acto comparece la empresa y procede a realizar el pago de Bs 5.485,33 correspondiente a los día de salarios caídos desde el 09/05/2012 fecha de la notificación hasta el día 31/05/2012, fecha en que comparecimos a la audiencia preliminar y realizamos formal persistencia del despido de la accionante y consignamos copia de dicho cheque. Es todo”. En este estado, el apoderado judicial de la parte actora declara: “Vista la consignación efectuada por la representación judicial de la parte demandada por la cantidad y del cheque antes señalado manifiesta esta representación su conformidad en su aceptación, reservándose el derecho a reclamar cualquier eventual diferencia mediante el procedimiento correspondiente. Es todo. “. En consecuencia, este Juzgado deja constancia de haberse realizado dicho pago, a tal efecto, este Juzgado Cuarto (4º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial, se da por terminado el presente asunto se ordena la devolución de las pruebas a las partes. Es todo, se leyó, termino y conformes firman.
LA JUEZ
OMAIRA ALEJANDRA URANGA
EL SECRETARIO
ANTONIO BOCCIA
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA
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