REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 01 de agosto de dos mil doce
202º y 153º
ASUNTO : AP21-S-2012-001167
Visto el escrito transaccional de fecha 28 de junio de 2012, este Tribunal pasa a emitir pronunciamiento en los siguientes términos: Se presento a los autos escrito transaccional por la apoderado judicial de la parte OFERENTE la empresa TECNICA DE VIGILANCIA VISETECK, C.A , representada por el abogado CAROLINA GUZMAN , inscrito en el IPSA: Nº: 131.031, con facultades especiales para transar, y por la parte OFERIDA, el ciudadano CHARLES BERNAL , titular de la cédula de identidad Nº: 12.357.988, asistido por la abogado ALIBERT BELLO, inscrito en el I.P.S.A Nº.50.561, mediante el cual celebran un acuerdo transaccional.
Ahora bien; de la lectura del acta transaccional específicamente la cláusula segunda, se observa que la parte oferida y oferente celebran un acuerdo transaccional, pero que la cantidad que el oferente declara entregar, es decir; la cantidad de Bs. (58.000,00) no coincide numéricamente con el monto señalado en el escrito de oferta real, de Bs (140.000,00); ni con los datos del cheque que declara haber recibido el trabajador, y que cursa a los autos en copia simple.
Esta juzgadora por las anteriores consideraciones, se abstiene de homologar el presente escrito transaccional, hasta tanto las partes subsanen el error observado .Así se decide.
Se ordena notificar a las partes del presente auto.
La Juez
El Secretario
Abg. Beatriz Pinto
Abg. Dorimar Chiquito
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