REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 10 de agosto del 2012
202º y 153º
Asunto N° AP41-U-2011-000216 Sentencia Interlocutoria S/N
Vista, la diligencia suscrita en fecha 03 de agosto del 2012, por la ciudadana Benita Cañas, actuando en su carácter de Sustituta de la ciudadana Procuradora General de la República, mediante la cual consignó copia simple del pago realizado por la contribuyente “SUPERMERCADO CIRUELA, C.A.”, por un monto de Bs. 600,00, conforme a los términos de la Sentencia Nº 0003/2012 de fecha 23-01-2012.
Ahora bien, estando en la oportunidad procesal para decidir en relación con el contenido de la diligencia presentada por la representación de la republica, el Tribunal, lo hace en los siguientes términos:
La presente causa se origina como consecuencia de la ejecución de la Sentencia 0003/2012 dictada por este Órgano Jurisdiccional en fecha 23 de enero del 2012.
Visto el pago de la deuda Tributaria, a que se contrae la referida sentencia efectuado por la contribuyente, el Tribunal considera que se ha producido la extinción del proceso por pérdida del Objeto. Así se declara.
En virtud de la precedente declaratoria, el Tribunal revoca la medida de Ejecución acordada el día 08/05/2012, dejándola sin efecto. Así se declara.
Se ordena librar boleta de notificación a los ciudadanos Procuradora General de la República, Gerencia General de Servicios Jurídicos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), y a la contribuyente, de la presente decisión.
El Juez Titular,
Ricardo Caigua Jiménez.
La Secretaria,
Hilmar Elena Rocha Esaá.
Fecha Ut Supra: Se libraron Boletas de Notificación.
La Secretaria,
Hilmar Elena Rocha Esaá.
Asunto No: AP41-U-2011-00216.
RCJ/Jp.
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