REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 3 de Agosto de 2012
202º y 153º
Sentencia Interlocutoria Nro. PJ0082012000217
ASUNTO: AP41-U-2012-000132
Visto el escrito de promoción de pruebas consignado el día 23-07-2012, por el abogado Jose Maria Diaz-Cañabate S. y Joaquin Diaz-Cañabate S, INPREABOGADO Nros. 41.231 y 33.440 respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de la contribuyente CELELANDIA CENTER, C.A, donde reproducen merito favorables de los autos y promueve pruebas documentales, este Tribunal, por cuanto no las considera ilegales ni impertinentes, las admite cuanto ha lugar en derecho salvo su apreciación en la definitiva.
La Jueza Superior Titular,
Dra. Doris Isabel Gandica Andrade.
La Secretaria Titular,
Abg. Cristel A. Peinado M.
Asunto N° AP41-U-2012-000132
Dhg.-
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