REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS
En el día de hoy, nueve (09) de agosto de dos mil doce (2012), siendo las dos y treinta de la tarde (2:30 am), se traslada el Juzgado Tercero de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por la Juez Caribay Gauna y la Secretaria Dubraska Ibarreto, en compañía del ciudadano Argenis Rivas, titular de la cédula de identidad Nº V.- 4.081.609, designado por este Juzgado como práctico y el ciudadano abogado Carlos Sánchez Cacheiro, titular de la cédula de identidad Nº 6.171.838, abogado inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 22.832, en su condición de Sindico designado por el Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área metropolitana de Caracas, y se constituye en la dirección por él aportada: Sede de la empresa Granitera Venezia Unida, C.A (Graveuca), ubicada en la calle La Línea, esquina Bermúdez, Mirador del Este, Petare, Municipio Sucre del Estado Miranda, a fin de dar cumplimiento al despacho de comisión de fecha veinticuatro (24) de abril de dos mil doce (2012), librado del Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con motivo del trámite del beneficio de atraso seguido por la Sociedad Mercantil Grupo Gea 2023 & Asociados, C.A contra Granitera Venezia Unida, C.A (Graveuca), el cual comisiona amplia y suficientemente a este Juzgado “ a los fines de que se sirva practicar la Ocupación Judicial de todos los bienes muebles e inmuebles de la Sociedad Mercantil GRANITERA VENEZIA UNIDA, C.A (GRAVEUCA), estén o no en posesión de esta…”. Una vez en el lugar indicado el Tribunal es atendido por la ciudadana Assunta Colantuoni Di Toro Mammarelli, titular de la cédula de identidad Nº 6.557.947, en su carácter de Directora principal de la empresa Granitera Venezia Unida, C.A, a quien la Juez procede a notificar de la medida, leyéndole en voz alta el contenido del despacho. Acto seguido el ciudadano Carlos Sánchez Cacheiro, en su carácter ya expresado, expone: “A los fines de facilitar el levantamiento del inventario de bienes ordenado en el despacho de comisión, presento a la Juez ejecutora copia del inventario de bienes de la compañía al 30 de junio de 2012. Es todo”. Encontrándose presente el ciudadano Argenis Rivas, en su carácter ya expresado, se le ordena efectuar el levantamiento del inventario de bienes, el cual una vez culminado será anexado a la presente acta como parte integrante de la misma. Siendo las 4:20 pm el abogado Carlos Sánchez Cacheiro, en su condición de Síndico designado, expone: “Solicito a la ciudadana Juez que por lo avanzado de la hora y la magnitud de los bienes que conforman el inventario, suspenda la presente ejecución y se prosiga el día de mañana. Es todo”. Vista la solicitud efectuada, este Juzgado, acuerda suspender la práctica de la medida y ordena proseguir con la misma el día de mañana diez (10) de agosto de dos mil doce (2012), en consecuencia, se dispone su retiro a su sede. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman, siendo las 4:30 pm.
La Juez,
Caribay Gauna
El Síndico designado
Abg. Carlos Sánchez Cacheiro
La notificada
Asunta Colantouni Di Toro Mammarelli
El práctico
Argenis Rivas
La Secretaria
Dubraska Ibarreto