REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO DECIMO EJECUTOR DE MEDIDAS


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DÉCIMO DE MUNICIPIO EJECUTOR DE MEDIDAS EN FUNCION
ITINERANTE DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL,
TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 11 de Junio de 2012
202° Y 153º
CARTEL DE NOTIFICACION (2)
SE HACE SABER:

A la sociedad de comercio “INVERSIONES MONGUI, C.A,” inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 13 de noviembre de 1987, bajo el No. 60, tomo 10-A- Pro, posteriormente modificados sus Estatutos en fecha 21 de marzo de 1991, 12 de abril de 1991, 16 de mayo de 1991, 28 de mayo de 1991, 30 de enero de 1992, 13 de julio de 1992, 16 de octubre de 1992 y 15 de diciembre de 1992, registrada bajo los números 63, Tomo 92-A-Pro, 53, tomo 17-APro, 58, tomo 70-A-Pro, 40, tomo 88-A-Pro, 48, tomo 39-A,-Pro, 37, tomo 25-A-Pro, 15 tomo 27-A-Pro y 9, tomo 114-A-Pro, respectivamente, en la persona de Representante Legal HERNAN POLANIA VEGA y/o cualquiera de sus apoderados judiciales LUIS ALBERTO ESCOBAR y SORAYA FARIAS SANTAELLA, inscritos en el INPREABOGADO bajo los números 18.062 y 23.868 respectivamente, parte demandada que con motivo del juicio que por DAÑOS Y PERJUICIOS (exp. Nº AH1B-V-1998-000030), sigue en su contra los ciudadanos GIUSEPPE LANZA TARRICONE, GERARDO ANTONIO LANZA TARRICONE, NICOLA LANZA TARRICONE y ALBERTO AGUIAR GONZALEZ, respectivamente, éste Tribunal dando cumplimiento a la Resolución Nº 2011-0062, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 30 de Noviembre de 2011, procedió a abocarse al conocimiento de la presente causa, y en consecuencia ordenó su notificación mediante el cartel que deberá ser fijado tanto en la sede del Circuito Judicial de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de ésta Circunscripción Judicial como en la sede de este Juzgado. Así mismo, ordenó la publicación del mismo en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia. Una vez que conste en autos haber cumplido con las formalidades anteriores, comenzarán a correr diez (10) días continuos, y una vez vencidos se les tendrá por notificados. Tenidas por notificadas a las partes, se le concederán tres (03) días de despacho, a fin de que ejerzan los recursos que crean convenientes y manifiesten su interés en el curso de la presente causa. Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 14, 90, 174 y 233 del Código de Procedimiento Civil.
EL JUEZ,

CESAR HUMBERTO BELLO
EXP. Nº 12-0077 (ITINERANTE)
Asistente que realizo la actuación: Corina Martínez