N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2012-002694

PARTE ACTORA: EDUARDO JOSE PIÑA BRAVO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: FREMIOT JOSE COLMENAREZ.
PARTE DEMANDADA: DOSIFICADORES BRIGATI, C.A. (DOSBRI)
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: JOSE VERGINE
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

En el día hábil de hoy dos (02) de agosto de dos mil doce (2012), siendo las 9:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Preliminar en el presente juicio; se deja expresa constancia de que la parte actora EDUARDO JOSE PIÑA BRAVO, no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, compareciendo solo la parte demandada DOSIFICADORES BRIGATI, C.A. (DOSBRI), a través de su apoderado judicial JOSE VERGINE, abogado en ejercicio, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 59.135, carácter que consta a los autos, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado, administrando justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 152 ° y 203 °.
La Jueza

La Secretaria

Abg. Yrma Romero

Abg. Joanna Capuano




El apoderado judicial de la parte demandada