REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR OCTAVO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

TRIBUNAL SUPERIOR OCTAVO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CAPITAL, con sede en Caracas. Caracas, dos (02) de agosto de dos mil doce (2012).

202° y 153º

Vista la diligencia de fecha 04 de mayo de 2012, suscrita por el abogado Alvaro Garrido Lingg, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 83.969, apoderado judicial de la parte recurrente, mediante la cual apela de la Sentencia Interlocutoria dictada por este Órgano Jurisdiccional en fecha 20 de abril de 2012, la cual declaró: INADMISIBLE POR INSUFICIENTE la fianza principal signada con el Nº 01-1007607 e igualmente RATIFICA el fallo dictado por este Tribunal en fecha 20 de enero de 2010, este Juzgado oye en un solo efecto dicha apelación, conforme a lo dispuesto en el artículo 88 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en consecuencia, ordena la remisión de las copias simples y certificadas del presente expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de las CORTES PRIMERA Y SEGUNDA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, para que conozca de la misma. Igualmente se insta a la parte demandada a consignar los fotostatos requeridos para librar el respectivo oficio de remisión.

EL JUEZ

Abg. JOSE VALENTIN TORRES
LA SECRETARIA ACC

Abg. LISSETTE VIDAL










Exp. Nº 1534