REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER CON COMPETENCIA DE REENVIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA









EN SU NOMBRE
CORTE DE APELACIONES DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE REENVÍO EN LO PENAL

Caracas, 28 de agosto de 2012
202º y 153º

Asunto Nº CA-1350-12-VCM
Resolución Judicial Nº 277- 12
Ponenta: Jueza Integrante: Francia Coello González.


En fecha 22 de agosto de 2012 fue interpuesto recurso de apelación por la abogada por la ciudadana Zenaida Pérez, en su carácter de defensora privada del ciudadano Jehudi Jackson Suárez Gil, contra la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Violencia Contra la Mujer en Funciones de Juicio de este mismo Circuito Judicial Penal y sede, en fecha 06 de agosto de 2012, cuyo texto íntegro de publicó el día 13 de agosto del mismo año, condenó al ciudadano Jehudi Jackson Suárez Gil, por la comisión del delito de Acto Carnal con Víctima Especialmente Vulnerable, previsto y sancionado en el artículo 44.1 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Vistos: La Corte a los fines de resolver sobre la admisibilidad del recurso, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 111 de Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, observa:

UNICO

La decisión recurrida es una sentencia definitiva dictada en juicio oral, apelable por disposición expresa del artículo 108 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; el recurso fue ejercido por la defensa dentro del lapso legal; por escrito que indica los fundamentos de la inconformidad con el fallo recurrido, sin prejuzgar sobre su eficacia y por lo tanto, cumple con los requisitos de impugnabilidad objetiva, legitimación, agravio, oportunidad y fundamentación, a que se contraen los artículos 432, 433, 435, 436 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicables por disposición expresa del artículo 64 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. En consecuencia, debe ser admitido a trámite. Cabe resaltar que la Representación Fiscal Centésima Cuarta del Ministerio Público no dio respuesta alguna al recurso de apelación interpuesto. Así se decide

Se fija para el día cuatro (04) de septiembre de dos mil doce (2012) a las 11:00 horas de la mañana, la audiencia de la vista del recurso, de conformidad con lo establecido en el artículo 111, primer aparte del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide.


DISPOSITIVA

Por las razones que anteceden, esta Corte de Apelaciones de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas con competencia en Reenvió en lo Penal, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Admite a trámite el recurso de apelación interpuesto por la Abogada Zenaida Pérez, procediendo en su carácter de defensora del ciudadano Jehudi Jackson Suárez Gil.

Se fija para el día cuatro (04) de septiembre de 2012, a las 11:00 horas de la mañana, la audiencia a que se contrae el artículo 111 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Regístrese, publíquese y notifíquese.

LA JUEZA PRESIDENTA,

DOCTORA NANCY ARAGOZA ARAGOZA

LAS JUEZAS INTEGRANTES


ABOGADA RENÈE MOROS TRÓCCOLI


DOCTORA FRANCIA COELLO GONZÁLEZ
Ponenta

LA SECRETARIA


ABOGADA AUDREY DIAZ SALAS

En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.

LA SECRETARIA


ABOGADA AUDREY DIAZ SALAS


NAA/RMT/FCG/Ads/al/rmt.-.
Asunto Nº. CA-1350-12-VCM.