REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional
Juez del Tribunal Décimo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Caracas, 24 de Septiembre de 2012
202º y 153º
ASUNTO: AP51-S-2008-007464
SOLICITANTE: MARIA NOLBERTA COLMENARES GUTIERREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.026.656, actuando en su carácter de madre y representante legal del joven SE OMITE LA IDENTIFICACION, titula de la cédula de identidad N° V- SE OMITE LA IDENTIFICACION, actualmente de veintiún año de edad.
MOTIVO: AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA COBRAR

Revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente expediente de Autorización Judicial para cobrar presentado por la ciudadana MARIA NOLBERTA COLMENARES GUTIERREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.026.656, debidamente asistida por la abogada MAGALY PASTRAN CASIQUE, en su carácter de Defensora Pública Undécima (11°), a favor del joven adulto SE OMITE LA IDENTIFICACION, titula de la cédula de identidad N° V SE OMITE LA IDENTIFICACION, este Despacho observa; que corre inserta al folio 9 del presente asunto Copia Certificada del Acta de Nacimiento del precitado joven, expedida por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Sucre del Municipio Libertador del Distrito Capital, del cual se evidencia que el joven nació el 18 de Julio de 1991, y hasta la presente fecha el mismo cuenta con veintiún (21) años de edad, es decir que efectivamente el mismo alcanzó la mayoría de edad, en consecuencia, esta Juez del Tribunal Décimo de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, ORDENA el cierre y archivo del presente expediente. En consecuencia, envíese el mismo al Archivo Central de esta Sede. Líbrese oficio. Cúmplase.
LA JUEZ
LA SECRETARIA
ABG. GREYMA ONTIVEROS MONTILLA

ABG. ROBSY RIVAS
GOM/RR/Carol.
AP51-S-2008-007464