REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL
TRIBUNAL DÉCIMO CUARTO (14°) DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y TRANSICIÓN
Caracas, 10 de agosto de dos mil doce (2012)
202º y 153º
ASUNTO:AP51-J-2012-014075 SOLICITANTE: ANA MARIA VILLANUEVA A. y MARIO JOSE HERNANDEZ VERA, venezolanos, mayores de edad y portadores de las Cédulas de Identidad Nº V-6.226.046 y V-9.714.806, respectivamente.
MOTIVO: SEPARACION DE CUERPOS Y BIENES.
Revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente asunto, contentivo de la solicitud de Separación de Cuerpos y Bienes presentada por los ciudadanos ANA MARIA VILLANUEVA A. y MARIO JOSE HERNANDEZ VERA, venezolanos, mayores de edad y portadores de las Cédulas de Identidad Nº V-6.226.046 y V-9.714.806, respectivamente, debidamente asistidos por la Abg. MARLENE DE LA TRINIDAD ARMAS URBAEZ, inscrito en el inpre-abogado bajo el No.37.546; se observa del acta de fecha 08/08/2012, cursante al folio (29) del presente asunto, que no comparecieron en su oportunidad los ciudadanos ANA MARIA VILLANUEVA A. y MARIO JOSE HERNANDEZ VERA, a la audiencia única fijada por este Juzgado, y al no haber sido cumplidas las formalidades de Ley, este Tribunal Décimo Cuarto (14°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, ejecución y Transición de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO de Separación de Cuerpos y Bienes, EN CONSECUENCIA, DECLARA EXTINGUIDA LA INSTANCIA y se ordena el cierre y archivo del presente asunto. Y así se decide.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Décimo Cuarto (14°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición del Circuito Judicial del Tribunal Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. En Caracas, a los (10) días del mes de agosto de Dos Mil doce (2012). Años: 202° de la Independencia y 153° de la Federación.-
LA JUEZ,
Dra. ENOE CARRILLO CASTELLANOS
LA SECRETARIA,
Abg. ANADIS OCHOA