REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
y Nacional de Adopción Internacional
Juez del Tribunal 15° de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio
Caracas, 08 de Agosto de 2012
202º y 153º

ASUNTO: AP51-J-2012-014826
Por recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial, verifíquense los registros, acéptese y désele entrada. Visto el presente asunto de CONVENIMIENTO DE REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, presentado por DORIS SANTIAGO, en su carácter de Fiscal Centésima Sexta (106°) encargada del Ministerio Público, asistiendo a los ciudadanos WILSON JOSE ROJANO URBINA y LETZAIDA JOSEFINA BELMONTE MEDINA, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nº V-14.127.075y V- 16.223.522, respectivamente, en beneficio de su hija ******, de diez (10) años de edad; este Tribunal Décimo Quinto (15º) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes lo ADMITE por no ser el mismo contrario al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la ley. En consecuencia, procede a Homologar el CONVENIMIENTO DE REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, suscrito por las ciudadanas antes identificadas, de conformidad con lo establecido en el artículo 387 y 518 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, indicándosele a las partes que la presente homologación tiene fuerza ejecutiva. Expídanse por secretaria las copias certificadas del convenio y del presente auto y entréguense a los interesados en la Oficina de Atención al Público (O.A.P.), una vez que las partes consignen los fotostatos pertinentes, a fin de que surta los efectos legales correspondientes. Por último, se ordena el CIERRE y ARCHIVO del presente asunto. Líbrese Oficio. Archívese el expediente. Cúmplase.
LA JUEZ

ABG. LENNI CARRASCO DORANTE
LA SECRETARIA

ABG. LUISA OLIVEROS