REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero (3°) Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, catorce (14) de diciembre de dos mil doce (2012)
201º y 152º

ASUNTO: AP21-R-2012-001699
PARTE ACTORA: FEDERACIÓN NACIONAL DE TRABAJADORES DEL CALZADO, PIELES, DEPÓSITOS DE CALZADOS, TIENDAS DE VENTAS DE CALZADOS, CARTERAS, CORREAS, CURTIEMBRES, TALABARTERÍAS, SINTÉTICOS Y SIMILARES DE VENEZUELA (FETRACALZADO).
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: abogados Williams Palencia, Y LUISA MENDOZA RAMOS, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 38.121 y 134.848, respectivamente.

PARTE DEMANDADA: M.L. DISEÑOS 18, S.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y etdo Miranda en fecha 25 de Junio de 1997, quendo anotada bajo el Nº 36, Tomo 338-A-Segundo.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: abogados JESUS VILORIA y ENRIQUE AGUILERA, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 93.825 y 23.506, respectivamente.

Se observa que en la fecha 21 de noviembre de 2012, el abogado JESUS VILORIA, inscrito con el IPSA No. 96.825, apoderado judicial de la parte demandada recurrente, mediante diligencia desistió expresamente de la presente apelación. Ahora bien, verificado los extremos legales correspondientes, en cuanto a la facultad proferida por su mandante para desistir (ver folio 26), y observando que no se afecta el orden público, este Juzgado Superior, procede a impartir la homologación respectiva. Así se decide.-

Por las razones de hechos y de derecho anteriormente expuesto, este Juzgado Tercero (3º) Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: UNICO: LA HOMOLOGACIÓN del desistimiento de la presente apelación interpuesta contra la decisión dictada por el Juzgado Décimo Noveno (19°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 08 de noviembre de 2012.

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero (3º) Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas, a los catorce (14) de diciembre de dos mil doce (2012). Años 202º y 153º, de la Independencia y de la Federación, respectivamente.


DRA. MERCEDES E. GOMEZ CASTRO
JUEZ

ISRAEL ORTIZ
SECRETARIO
NOTA: En la misma fecha y previo cumplimiento de las formalidades legales, se dictó y publicó la presente decisión.


ISRAEL ORTIZ
SECRETARIO