REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero (1°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, diez (10) de diciembre de dos mil doce (2012)
202º y 153º
ASUNTO: AP21-L-2011-005723
PARTE ACTORA: JOHAN ALFREDO ALAE HERRERA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad número V.- 17.427.461.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: JOSETTE GOMEZ, abogada, Procuradora de Trabajadores del Distrito Capital del Área Metropolitana de Caracas, inscrita en el IPSA bajo el No. 117.564.
PARTE DEMANDADA: DISEÑOS J DRAKO, C. A., (J. DRAKO BUREAU CREATIVO).
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: No constituyó.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS
LABORALES.
Consignado por ante la Unidad de Recepción y Distribución de documentos de este Circuito Judicial fecha 14 de de noviembre de 2011, por la abogada JOSETTE GÓMEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 117.564, apoderada judicial de la parte actora, correspondiendo a éste Tribunal mediante acto de distribución celebrado el día 15 de noviembre 2011, conocer del presente asunto.
En fecha 17 de noviembre de 2011, éste Tribunal da por recibida la presente demanda y ordena su revisión a los fines de su pronunciamiento sobre su admisión.
El 21 de noviembre de 2011, éste Tribunal, dicta auto mediante la cual admite la demanda, y ordena el emplazamiento de la demandada mediante cartel de notificación a los fines de su emplazamiento para la celebración de la audiencia preliminar.
El 01 de diciembre de 2011, el ciudadano HECTOR GUILARTE, alguacil de éste Circuito Judicial, consigna diligencia mediante la cual informa que una vez que se trasladó en la dirección indicada, no pudo entregar el cartel de notificación dirigido a la demandada, por lo que solicita punto de referencia.
En fecha 05 de diciembre de 2011, la abogada JOSETTE M. GOMEZ, apoderada judicial de la parte actora, consigna diligencia mediante la cual, sustituye poder en el abogado ENZO PISCITELLI MONTONE, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 33.667, Procurador de Trabajadores del Distrito Capital.
A la presente fecha, lunes diez (10) de diciembre de 2012,, no consta en autos en modo alguno ningún acto de procedimiento de las partes.
Por su parte, el artículo 201 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo contempla:
“Toda instancia se extingue de pleno derecho por el transcurso de un (01) año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes…”
En tal sentido, desde la última actuación en fecha 16 de mayo de 2011, hasta la presente fecha, ha transcurrido más del año según lo establecido en la mencionada norma, sin que la parte haya dado continuidad al proceso.
Por las motivaciones de hecho y derecho antes expuestas este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas de conformidad con lo previsto en el artículo 202 Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara LA PERENCION DE LA INSTANCIA en el juicio que por Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales, han incoado el ciudadano JOHAN ALFREDO ALAE HERRERA, contra la sociedad mercantil, DISEÑOS J DRAKO, C.A. (J. DRAKO BUREAU CREATIVO)., ASI SE DECIDE.
No hay condenatoria en costas, por la naturaleza del presente fallo.
PUBLIQUESE y REGISTRESE.
EL JUEZ
ABG. JOSÉ FRANCISCO GONZÁLEZ LAMUÑO
EL SECRETARIO
ABG. JOSEFA MANTILLA
Nota: En esta misma fecha, se publicó la anterior decisión, siendo las m.
EL SECRETARIO
ABG. JOSEFA MANTILLA
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