REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2012-004677
PARTE ACTORA: HUMBERTO ENRIQUE GUEVARA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NELSON GONZALEZ ULLOA
PARTE DEMANDADA: MGH PROTECCION INTEGRAL C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: JUAN CARLOS LAYA PEÑARANDA
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
Hoy, catorce (14) de Diciembre de 2012, día y hora siendo las 10:00 a.m., para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio HUMBERTO ENRIQUE GUEVARA contra MGH PROTECCION INTEGRAL C.A, comparecieron a la misma el ciudadano JUAN CARLOS LAYA PEÑARANDA, abogado, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 142.546, en su condición de apoderado judicial de la parte demandada; según se desprende de instrumento poder que presento en original y se encuentra anexados copia al expediente; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 153° y 202°.
El Juez
Abog. Diego Antonio Araujo Aguilar
La Presente
El Secretario
Abog. Jose Moreno
|