REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Séptimo (7°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, seis (6) de diciembre de dos mil doce (2012)
201º y 153º
ACTA
N° AP21-L-2011-002223.-
En el día de Hoy, jueves 06 de diciembre de 2012, siendo las 09:00 am , oportunidad señalada por el Tribunal séptimo (7°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, para que tenga lugar la Medida Ejecutiva de Embargo en el Juicio incoado por la ciudadana MILDRED AMARILIS OLIVARES GUEVARA contra la empresa MAMITA Y YO, Guarderia, Educación Pre-escolar, S.R.L., decretada por auto de fecha 10.08.2011, se trasladó y constituyó el Tribunal con la presencia de los Abogados DIEGO ARAUJO y ELVIS FLORES, Juez y Secretario, respectivamente; en la Agencia Veroes 221, del Banco de Venezuela, ubicada en la Avenida Urdaneta, Esquina de Veroes, Caracas, notificándose de la misión de Tribunal al ciudadano Jesús M. Jaimes B., titular de la cédula de identidad N° 7.953.170, en su carácter de Gerente de Servicios de la Agencia del Banco de Venezuela. Asimismo, se deja constancia de la comparecencia del apoderado judicial de la parte actora abogada Thahide Piñango S., inscrita en el Inpreabogado bajo el número 83.560 continuación, se le participó al ciudadano supra citado que informara al Tribunal sobre las cantidades disponibles en la cuenta corriente No. 0102-0497-62-00-00643726, perteneciente a la empresa SOCIEDAD CIVIL MAMITA Y YO, Educación Pre-escolar., a lo cual el mismo informó que la cuenta señalada dispone de la cantidad de ONCE MIL CIENTO CINCUENTA Y UN BOLIVARES FUERTES con 59/100 (Bs. F 11.151,59), monto éste que cubre la totalidad de la demanda. Dicho monto se ordenó embargar y ha elaborarse Tres (3) cheques de gerencias, los cuales se procedió a elaborarse dos (2) a nombre de la trabajadora: MILDRED AMARILIS OLIVARES GUEVARA, EL PRIMERO: por un monto de SEIS MIL CIENTO TREINTA Y SEIS BOLIVARES CON 54/100 (Bs. F 6.636,54), girado contra el Banco de Venezuela, identificado con el N° 00021645, EL SEGUNDO: por un monto de UN MIL NOVECIENTOS NOVENTA BOLIVARES CON 96/100 (Bs. F 1.990,96), girado contra el Banco de Venezuela, identificado con el N° 00021646, EL TERCERO: por un monto de UN MIL DOSCIENTOS SESENTA BOLIVARES CON 00/100 (Bs. F 1.260,00), girado contra el Banco de Venezuela, identificado con el N° 00021647, a favor del ciudadano Lic. EDDY JOSE LARA GONZALEZ, dando un monto total de NUEVE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SIETE BOLIVARES FUERTES CON 50/100 (Bs. F 9.887,50) mas las comisiones bancarias de cada uno de los cheques de gerencia los cuales dio un monto total de SETENTA Y DOS BOLIVARES FUERTES CON 00/100 (Bs. F 72.00). Como quiera que haya concluido el acto, este Tribunal, siendo las 12:10 pm., procede a retirarse a su sede natural. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman:
El Juez,
Diego Antonio Araujo
Parte Actora y Apoderada Judicial
EL Gerente de Servicios del Banco de Venezuela (Agencia Veroes)
El Secretario,
Elvis Flores
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