REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo Noveno de Primera Instancia de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintiuno (21) de diciembre de dos mil doce (2012)
202º y 153º
ASUNTO: AP21-L-2010-002438
LITIS CONSORTE ACTIVO: LUZ MARTINEZ, IRENE GRANADO, NERY CASTRO, ARACELI GARCIA y LEIDY ALBARRACIN, titulares de las cédulas de identidad números V-17.822.232, V-14.533.459, V-18.250.294, E-81.738.480, y CC 1090376875, de este domicilio.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: NANCY GONZALEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 104.915, y OTROS.
LA PARTE DEMANDADA: INVERSIONES TRIANGULO DORADO, C.A., inscrita en el Registro Mercantil II de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal, hoy Distrito Capital y Estado Miranda, bajo el Nº54, Tomo 542-A-Sgdo, de fecha 17 de diciembre de 1998.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: No acreditó
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.-
Se inicia el presente procedimiento, mediante formal demanda de cobro de prestaciones sociales, por la abogada en ejercicio, NANCY GONZALEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 104.915, obrando en su carácter de apoderada judicial de las litis consortes activos, ciudadanas LUZ MARTINEZ, IRENE GRANADO, NERY CASTRO, ARACELI GARCIA y LEIDY ALBARRACIN, titulares de las cédulas de identidad números V-17.822.232, V-14.533.459, V-18.250.294, E-81.738.480, y CC 1090376875, de este domicilio; tal y como se evidencia del comprobante de recepción de documentos que cursa al folio 17 del expediente.
En fecha 10 de Mayo de 2010, dicha demanda fue distribuida por el Sistema Juris 2000, recibida en fecha 12 y admitida por este Tribunal el 13 del mismo mes y año, ordenándose en el auto respectivo, la notificación de la demandada, INVERSIONES TRIANGULO DORADO, C.A., en la persona del ciudadano ELISARDO ALNSO VECOÑA, en su carácter de Presidente, mediante cartel de notificación. En esa misma fecha se libró el Cartel de Notificación.
En fecha 23 de junio de 2010, el Tribunal con vista a la diligencia suscrita en fecha 18 de junio de 2010, por el por el Alguacil Jean Carlos Casanova, instó a la parte actora a suministrar nueva dirección, para la notificación de la parte demandada, a los fines de ordenar nuevamente la practica de la notificación.
Ahora bien, así las cosas, se evidencia de autos que la última actuación efectuada por la parte actora, data del 10 de mayo de 2010, y que a la presente fecha ha transcurrido más de dos (2) años, patentizándose en dicho lapso una falta de interés del accionante en el presente procedimiento; lo que a la luz de lo preceptuado en el artículo 201 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, ha de interpretarse que se ha extinguido la instancia. Y así se decide.
Por las motivaciones de hecho y derecho antes expuestas este Juzgado Décimo Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas de conformidad con lo previsto en el artículo 202 Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara: PRIMERO: LA PERENCION DE LA INSTANCIA en la demanda que por Cobro de Prestaciones Sociales incoó por las litis consortes LUZ MARTINEZ, IRENE GRANADO, NERY CASTRO, ARACELI GARCIA y LEIDY ALBARRACIN, titulares de las cédulas de identidad números V-17.822.232, V-14.533.459, V-18.250.294, E-81.738.480, y CC 1090376875, de este domicilio, contra la empresa INVERSIONES TRIANGULO DORADO, C.A., inscrita en el Registro Mercantil II de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal, hoy Distrito Capital y Estado Miranda, bajo el Nº54, Tomo 542-A-Sgdo, de fecha 17 de diciembre de 1998.- SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del presente fallo.- TERCERO: Se ordena notificar a la parte oferente la presente decisión.-
Dada, firmada y sellada en la sede del Juzgado Décimo Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, a los veintiuno (21) días del mes de diciembre de dos mil doce (2012).
Publíquese y Regístrese.
LA JUEZA
ABOG. JHACNINI TORRES CHIRINOS
LA SECRETARIA,
ABOG. MARIA VERUSCHKA DÁVILA
En esta misma fecha, se publicó y registró la anterior decisión.
LA SECRETARIA,
ABOG. MARIA VERUSCHKA DÁVILA
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