REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Vigésimo Primero (21°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la circunscripción Judicial de Área Metropolitana de Caracas
ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR

N° DE EXPEDIENTE:AP21-L-2012-003941
PARTE ACTORA:JOSE ENRIQUE HIDALGO BARRETO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO COMPARECIO
PARTE DEMANDADA: GOBIERNO DEL DISTRITO CAPITAL
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA:AUGUSTO TERAN
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy cuatro (04) de diciembre de dos mil doce, siendo las 10:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, el abogado AUGUSTO TERAN, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 121.647, según consta en instrumento poder que presenta en copia simple constante de dos (02) folios útiles, el mismo se ordena agregar a los autos. La parte demandada consigna escrito de pruebas constante de dos (02) folios útiles y anexos de cuatro (04) folios útiles; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 153 ° y 202 °.

La Jueza

La Secretaria

Abg. Geraldine Eugenne Louis Núñez



Abg. Gloria Medina



Apoderado judicial de la parte demandada