REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 20 de Diciembre de 2012.
202º y 153º.-
EXPEDIENTE Nº: AP11-M-2011-000342.-
Conforme a lo ordenado por el Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante sentencia de fecha 31 de Octubre de 2012, en la cual ordena admitir las pruebas instrumentales promovidas por la parte demandada, Sociedad Mercantil SEGUROS CARACAS DE LIBERTY MUTUAL, C.A. este Tribunal a los fines de dar cumplimiento al particular segundo del dispositivo del fallo antes citado, procede a pronunciarse de la siguiente manera:
Visto el Escrito de Promoción de Pruebas consignado en fecha 25 de Septiembre del año en curso, por la ciudadana: NELLITSA JUNCAL RODRIGUEZ, abogada en ejercicio, de este domicilio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Número: 91.726, en su condición de Apoderada Judicial de la parte demandada Sociedad Mercantil SEGUROS CARACAS DE LIBERTY MUTUAL, C.A, este Tribunal observa:
Capitulo I:
De las Pruebas Instrumentales distinguidas con los numerales uno (1), Dos (2), Tres (3), Cuatro (4) y Cinco (5) el Tribunal por cuanto observa, que dichas pruebas no son manifiestamente ilegales ni impertinentes, las admite cuanto ha lugar en derecho, dejando a salvo la apreciación que de ellas se haga en la definitiva. Así se establece.
LA JUEZ TITULAR,
DRA. AURA MARIBEL CONTRERAS DE MOY.
EL SECRETARIO TEMPORAL,
CARLOS ANTONIO SALAZAR.
AMCDEM/FV.-
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