REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO EJECUTOR DE MEDIDAS E ITINERANTES DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Años 202º de la Independencia y 153º de la Federación
Caracas, 28 de noviembre de 2012
CARTEL DE NOTIFICACIÓN
HACE SABER:
A la Sociedad Mercantil CONSTRUCCIONES MECÁNICAS ELEAZAR GÓMEZ SUCESORES, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 16 de mayo de 1960, bajo el Nº 14, Tomo 20-A.; en la persona de su Director-Administrador, ciudadano SIMÓN CRISTIAN ZOGHBI ZOGHBI, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V- 4.581.350, y/o a sus apoderados judiciales, ciudadanos RUBEN LÓPEZ VILLA y ELIAS ARAZI SAYEGH, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio abogados en ejercicio inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 7.842 y 36.153, respectivamente, que con motivo del juicio por NULIDAD DE ASAMBLEA, (Expediente signado bajo el Nº 12-0100 nomenclatura de este Juzgado Itinerante y Expediente antigua nomenclatura Nº AH1A-M-1998-000002), siguen las Sociedades Mercantiles CORPORACIÓN CHAMPLAIN, C.A., y CORPORACIÓN KINGDON, C.A., contra la Sociedad Mercantil CONSTRUCCIONES MECÁNICAS ELEAZAR GÓMEZ SUCESORES, C.A., en la persona de su Director-Administrador, ciudadano SIMÓN CRISTIAN ZOGHBI ZOGHBI; este Tribunal dando cumplimiento a la Resolución Nº 2011-0062, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 30 de Noviembre de 2011, procedió a abocarse de oficio al conocimiento de la presente causa, y en consecuencia ordenó su notificación mediante cartel, el cual deberá ser fijado tanto en la sede del Circuito Judicial de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de ésta Circunscripción Judicial como en la sede de este Juzgado. Asimismo, ordena su publicación en la página web del Tribunal Supremo de Justicia. Una vez que conste en autos el cumplimiento de las formalidades anteriores, comenzará a transcurrir el lapso de diez (10) días continuos, vencidos los mismos se tendrán por notificadas las partes y se les concederán tres (03) días de despacho siguientes, a fin de que comparezcan por ante este Juzgado ubicado en la Avenida Este Dos con Sur 25 Edif. José Vargas CTV, piso 12, dentro de las horas de despacho, a los fines de que ejerzan los recursos que ha bien crean convenientes y manifiesten su interés en la continuación de la presente causa. Vencidos dichos lapsos se procederá a realizar las actuaciones correspondientes. Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 14, 90, 174 y 233 del Código de Procedimiento Civil.
LA JUEZA TEMPORAL,
ABG. AMARILIS NIEVES BLANCO
Exp: 12-0100 (Itinerante)
Exp: AH1A-M-1998-000002 (Antiguo)
ANB/LZ/JC