En el día de hoy, diecinueve (19) de diciembre de Dos Mil Doce (2012), siendo las nueve (9:00 A.M.,) de la mañana, se trasladó y se constituyó el Abogado Carlos Martínez Peraza, en su carácter de Juez Titular Cuarto de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en compañía de su Secretaría, Abogado Rosa Virginia Villamizar y los apoderados de la parte actora Abogados ARMANDO NUÑEZ GONALEZ, y OSCAR SANTA CRUZ CARMONA inscritos en el Inpreabogado bajo los números 10.870 y 11.512 respectivamente, en la siguiente dirección: parte del local (1) que incluyen vestuarios y baños a excepción de un área de 28 metros cuadrados que se encuentra en la planta baja del Edificio y el local (4) del Edificio Gibarco, ubicado entre las esquinas de Peláez y Regeneración en Jurisdicción de la Parroquia Santa Rosalía Caracas del Distrito Capital, a fin de practicar las medidas de Entrega Material y Embargo Ejecutivo, decretadas por el Juzgado Noveno de Municipio de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas en el juicio que por Resolución de Contrato de Arrendamiento sigue MARIA D´GREGORIO GONZALEZ Y JESUS ALBERTO RAMIREZ CHACON contra RENZO LENZI, el cual se sustancia en el expediente distinguido con el Nº 06-3548, nomenclatura interna de ese Juzgado y con el Nº 12-3061, nomenclatura interna de este juzgado comisionado. En este estado los apoderados de la parte actora exponen: “Solicito al Juez designe Depositaria Judicial y perito Avaluador”, Acto seguido el Juez Ejecutor, visto el pedimento realizado por la parte actora designa Depositaria Judicial a la Sociedad Mercantil La General de Depósitos Judiciales, representada en este acto por el ciudadano Benito Reyes, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V- 4.561.861, quien estando presente acepto el cargo en nombre de su representada y juró cumplirlo fiel y cabalmente. De igual forma designa al ciudadano Rubén Rondón, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-11.027.204, como perito Avaluador, quien estando presente aceptó el cargo y prestó el juramento de ley. Presentes en el lugar, el juez procedió a tocar la reja que da acceso al inmueble y nadie atendió el llamado, por lo que a solicitud del apoderado de la parte actora, se designa cerrajero al ciudadano JUAN CARLOS SANDOVAL VALERA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 19.202.222, quien encontrándose presente aceptó el cargo y prestó el juramento de ley y procedió a aperturar la reja y puerta que da acceso al inmueble. Una vez dentro del lugar, el juez deja constancia que el inmueble se encuentra ocupado de bienes muebles y libre de personas. En este estado, siendo las 12:14 p.m., se hizo presente el ciudadano RENZO LENZI, de nacionalidad Italiana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° E-82.066.202, parte demandada en el juicio a quien se le notificó de la misión del Tribunal y se le leyó el texto íntegro de la comisión y quien manifiestó al Juez ejecutor, que se llevará todos los bienes muebles habidos en el lugar bajo su cuenta, riesgo y responsabilidad a un guardamuebles, ubicado en la Avenida principal de los Cortijos de Lourdes, frente a dorsay de esta ciudad de Caracas. El Juez Ejecutor, vista la manifestación del demandado la concede y declara practicada la medida de Entrega Material, la cual recayó en el inmueble identificado al principio del acta y libre de bienes y personas lo coloca en posesión de la parte actora, en la persona de su apoderado, quien en nombre de su representada lo recibe conforme. El apoderado de la parte actora, se reservó el derecho de practicar la medida de Embargo Ejecutivo en otra oportunidad y solicita al tribunal remita la presente comisión al Tribunal de la causa. Y siendo las 1:00 p.m., se ordena el cierre de la presente acta y el regreso a la sede, Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ TITULAR,



ABG. CARLOS MARTINEZ PERAZA

LOS APODERADOS DE LA PARTE ACTORA


EL DEMANDADO EL PERITO AVALUADOR


EL CERRAJERO



EL DEPOSITARIO





LA SECRETARIA


ABG. ROSA VIRGINIA VILLAMIZAR