REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO SEXTO EJECUTOR DE MEDIDAS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEXTO DE MUNICIPIO EJECUTOR DE MEDIDAS E ITINERANTE DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, diecisiete (17) de diciembre de dos mil doce (2012).

202º y 153º

Vistas las precedentes actuaciones, se observa:

El presente expediente fue remitido a este Juzgado mediante distribución, dándosele entrada bajo el No. 00796, quedando anotado en los Libros respectivos.

De una revisión del citado expediente, se evidencia que se trata de una incidencia surgida en el procedimiento de cobro de bolívares (vía ejecutiva), interpuesto por Condominios Santa Mónica, C.A., contra Esencias Manatial de Aromas, S.R.L.

Igualmente se evidencia que el Juzgado Décimo Séptimo de Municipio de la Circunscripción del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 08 de julio de 2009, declaró improcedente la solicitud de medida de embargo preventivo sobre bienes propiedad de la parte demandada, así como la prohibición de enajenar y gravar sobre el inmueble objeto de juicio principal, decisión que fue apelada y oída en un sólo efecto devolutivo, de conformidad con lo previsto en el artículo 295 del Código de Procedimiento Civil.

Ahora bien, tomando en cuenta que la Resolución No. 2011-0062, de fecha 30-11-2011, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, atribuyó competencia a estos Juzgados Itinerantes, para decidir las acciones principales contenidas en aquellas causas que se encuentren en estado de dictar sentencia definitiva antes del año 2009, y por cuanto la presente trata de la revisión de una decisión interlocutoria, resulta forzoso para este Juzgado remitir el expediente al Tribunal de origen, a objeto que tome la decisión que corresponda. Líbrese Oficio.
LA JUEZ PROVISORIA,

ALCIRA GÉLVEZ SANDOVAL

EL SECRETARIO, Acc.

RHAZES GUANCHE M.

En esta misma fecha, se libró Oficio No. 00327-12, en cumplimiento al auto anterior.
EL SECRETARIO, Acc.

RHAZES GUANCHE M.



Exp. No. 000796
AGS.