REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
CARACAS, 07 DE DICIEMBRE DE 2012.-
Años 202° Y 153°

De la revisión realizada en el presente expediente se puede constatar que en fecha diez (10) de octubre del 2012, la Sala de Casacion Civil, del Tribunal Supremo de Justicia, dictó sentencia en el Recurso de Casacion, interpuesto por la representación Judicial de la parte demandada, declarando sin lugar el referido recurso. En consecuencia este Tribunal ordena la remisión del presente expediente al Juzgado A quo. Líbrese el correspondiente oficio.
El Juez

Dr. Víctor José González Jaimes




El Secretario,


Abg. Richars Domingo Mata

VGJ/RM/kl
Exp. N° 9052






REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
CARACAS, 07 DE DICIEMBRE DE 2021.-
Años 202° Y 153°

Oficio N°2012-A-
Ciudadano:
Juez Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.-
Su Despacho

Me dirijo a usted, con la finalidad de remitirle anexo al presente oficio, el expediente signado con el N° 9052, de la nomenclatura llevada por este Tribunal, contentivo del Juicio que por Ejecución de Hipoteca, sigue la sociedad mercantil Daimlerchrysler de Venezuela, L.L.C, contra la sociedad mercantil Autofran, S.A. y Otros. Constante de tres (03) piezas la primera de cuatrocientos ochenta y siete (487), la segunda cuatro (04) y la tercera de noventa y tres (93) folios útiles
Remisión que se hace, en virtud de la sentencia dictada por la Sala de Casacion Civil, del Tribunal Supremo de Justicia, la cual declaro sin lugar el recurso de casacion, interpuesto por la parte demandada.
El Juez


Dr. Víctor José González Jaimes

VGJ/RM/kl
EXP: 9052