REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo Sexto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
202º y 153º

EXPEDIENTE: AP31-V-2012-001750

Vista la diligencia de fecha 28 de noviembre de 2012, presentada por el Abogado IRVING MAURELL GONZÁLEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 12.270.179, apoderado judicial de la sociedad mercantil SEGUROS UNIVERSITAS C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo (2do) de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 19 de Septiembre de 1980, anotada bajo el Nº 15, Tomo 210-A-Sgdo, mediante la cual desiste de la acción, este Tribunal, a los fines de proveer, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, y cumplidos como se encuentran los extremos legales, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DE LA ACCIÓN, en los mismos términos en que fue suscrito, por consiguiente, se declara TERMINADO EL JUICIO, por lo cual se ordena el archivo definitivo de este expediente. Asimismo, se ordena la devolución de los documentos originales que se encuentran insertos en el presente expediente, previo suministro de los fotostatos correspondientes para su certificación. Así se decide.-
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Décimo Sexto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los CINCO (05) días del mes de DICIEMBRE del año Dos Mil Doce (2.012). Años 202º de la Independencia y 153º de la Federación. Así se declara.-
EL JUEZ TITULAR,

EDGAR JOSÉ FIGUEIRA RIVAS
LA SECRETARIA TITULAR,

LUZDARY JIMÉNEZ S.

En esta misma fecha, siendo las dos y treinta de la tarde (02:30 p.m.), se publicó y registró la decisión anterior, previo cumplimiento de las formalidades de ley, dejándose copia de la misma en el Departamento de Archivo de este Circuito Judicial, conforme lo dispone el Articulo 248 del Código de Procedimiento Civil.
LA SECRETARIA TITULAR,

LUZDARY JIMÉNEZ S.

EJFR/LJS/Cf.-