REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Tribunal Vigésimo Séptimo (27) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, cinco (05) de diciembre de dos mil doce (2012)
202º y 153º

ASUNTO: AP21-S-2012-002278
PARTE OFERENTE: TECNICA DE VIGILANCIA VISETEC C.A.
PARTE OFERIDA: ADELFO GONZALEZ.
MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO

Visto el escrito de Transacción judicial que antecede y riela a los folios 15 al 17 de autos, pasa de seguidas esta Juzgadora a revisar el contenido de la misma, tomando en consideración el orden de presentación y el cúmulo de transacciones existentes en éste Juzgado para su revisión, el cual fue presentado por el ciudadano ADELFO GONZALEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.963.592, parte oferida, debidamente asistido por la ciudadana ALIBERTH BELLO, abogada en ejercicio inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 50.561, por una parte y por la otra la ciudadana CAROLINA GUZMAN, abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 131.031, actuando en su condición de apoderado judicial de la parte oferente TECNICA DE VIGILANCIA VISETEC C.A., mediante el cual las partes dejan constancia de haber celebrado un acuerdo transaccional en fase de sustanciación con el animo de dar por terminado el presente procedimiento de oferta de pago, por cuanto la parte oferida manifiesta haber recibido la suma acordada por ambas partes en la referida transacción mediante un (01) cheque librado contra el Banco Mercantil, a su nombre, distinguido con el número 55994575 por la cantidad de CUARENTA MIL BOLIVARES (Bs.40.000,00) de fecha 30/10/2012, por los conceptos laborales de Antoguedad, Intereses sobre Prestación de Antigüedad, Indemnizaciones por Despido Injustificado y Sustitutiva de Preaviso, Inamovilidad, Vacaciones Legales y Contractuales Vencidas y no Disfrutadas, Bono Vacacional Legal y Contractual, Utilidades fraccionadas, Horas Extraordinarias diurnas y nocturnas, Bono Nocturno, Trabajos y Salarios Correspondientes a días feriados y descanso, diferencias de salario base para el calculo de los anteriores conceptos señalados, bonificaciones y beneficios, este Juzgado Vigésimo Séptimo (27°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de sustanciación, verificadas como han sido las facultades de la representación judicial de la parte oferente en la presente oferta de pago, las cuales se desprenden de copia instrumento poder autenticado consignado al folio 5 al 8 de autos, y por cuanto la referida transacción no vulnera los derechos del extrabajador ADELFO GONZALEZ le imparte la HOMOLOGACION a dicha transacción en los mismos términos expuestos por las partes suficientemente identificadas al inicio, cuyo monto fue por CUARENTA MIL BOLIVARES (Bs.40.000,00), de un monto inicialmente ofertado de Bs.40.000,00, de conformidad con el artículo 89, numeral 2º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el primer aparte del artículo 19 de la novísima Ley Orgánica del Trabajo, Trabajadores y Trabajadoras y no menos importante el artículo 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo. Finalmente, por ambas partes manifiestan haber dado cumplimiento total a la transacción celebrada por ellos, una vez precluya el lapso de impugnación de la presente decisión, se ordenará dar por terminado el presente proceso con respecto a la parte oferida extrabajador ADELFO GONZALEZ.- Así se establece.-

La Juez

Abg. Aura María Trenard

El Secretario (a)

Abg. Adriana Bigott