N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2012-004008
PARTE ACTORA: RONY JOSE BORGES BRITO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: JOSETTE MAGGIE GOMEZ HENRIQUEZ
PARTE DEMANDADA: SERVICIOS ALC 3000, C.A.,
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: MARY TORREALBA
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
Hoy, 17 de diciembre de 2012, a las 11:30 a.m., día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma el ciudadano RONY JOSE BORGES BRITO, titular de la cédula de identidad Nº 16.473.512, en su carácter de parte actora, representado por la abogada JOSETTE GOMEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 117.564, por una parte, y por la otra, MARY TORREALBA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 88.959, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, quienes han llegado al siguiente acuerdo: La parte demandada, a los fines de llegar a un acuerdo, ofrece pagar a la parte actora, en este acto, por todos y cada uno de los conceptos demandados, la cantidad de CUATRO MIL SETESCIENTOS TREINTA Y DOS BOLIVARES CON CUARENTA Y TRES CÉNTIMOS (Bs. 4.732,43), a través de cheque a nombre del trabajador demandante, identificado con el Nº 91581682, de esta misma fecha y girado contra la cuenta corriente Nº 01050079691079583327 del Banco Mercantil; anexándose copia en el expediente; la parte actora, visto el ofrecimiento realizado por la demandada, lo acepta en los términos expuestos y señala que nada tiene que reclamar ni por los conceptos aquí demandados ni por ningún otro concepto que se derive o pueda derivarse de la relación de trabajo. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Asimismo, se deja constancia que se entregan las pruebas promovidas por las partes al inicio de la audiencia. Finalmente, visto que se ha cumplido en este acto con el pago, se ordena el cierre y archivo del expediente. Se imprimen cuatro (04) actas a un mismo tenor y a un solo efecto.
La Jueza,
Abg. Karla González Mundaraín
Parte actora y su apoderada judicial
Apoderada judicial de la parte demandada
El Secretario,
Abg. Luisa Barranco
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