Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
y Nacional de Adopción Internacional
Juez del Tribunal Octavo de Primera Instancia
de Mediación, Sustanciación,
de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes

Caracas, 05 de Diciembre de 2012
201º y 152º

ASUNTO: AP51-J-2012-021292
SOLICITANTE: JUAN DE LOS REYES COLMENARES MORENO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nros V-14.045.014.
MOTIVO: CURATELA

Revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente asunto con motivo de Curatela, presentada por el ciudadano JUAN DE LOS REYES COLMENARES MORENO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nros V-14.045.014, este Tribunal, observa del acta de fecha 03/12/2012 (f. 06), que la parte solicitante no comparecieron a la juramentación del curador Ad-Hod; razón por la cual esta Jueza Octava de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, considera DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO y en consecuencia, se declara EXTINGUIDA LA INSTANCIA. Se le advierte a la solicitante, que no podrá intentar nuevamente la solicitud, antes de que transcurran treinta (30) días continuos, contados a partir del día siguiente al de hoy. ASI SE DECIDE.
LA JUEZ


Abg.JOOCMAR OVIEDO CONTRERAS.
EL SECRETARIO,



ABG. LUIS MORALES
































JOC/LM/HERIBERTO MEDINA.