LA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO GUANARE DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
GUANARE
Guanare, 25 de Enero de 2012
Años: 201° y 152°
Tramitada como ha sido la presente Solicitud de Únicos y Universales Herederos, hecha por el ciudadanos: ADDINSON ANTONIO CORDERO DELGADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.238.370, debidamente asistido por el Abogada en ejercicio ARNOLDO JOSÉ PERAZA PETIT, venezolano, mayor de edad, casado, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 31.752, mediante el cual solicita se le declare a él y a los ciudadanos ALFREDO JOSÉ CORDERO DELGADO, ABRAHAM JOSÉ CORDERO DELGADO y ABRAHAM ANTONIO CORDERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V- 13.605.487, V- 9.405.063 y V- 1.104.576, respectivamente en sus condiciones de hijos y cónyuge, ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la causante ANILDA MARGARITA DELGADO DE CORDERO, venezolana, mayor de edad, casada, trabajadora social, titular de la cédula de identidad N° V- 1.141.535, quien falleció sin testamento (ab-instestato), el día Doce de Noviembre del año Dos Mil Diez, (12-11-2010), en esta ciudad de Guanare Estado Portuguesa. Y cumplido como fueron los extremos de Ley, se le dio entrada, tramitándose el procedimiento conforme a derecho, es decir, se ordenó la publicación de un Edicto para la comparecencia de alguna persona interesada en este procedimiento, constando en autos que cumplidos al requisito no compareció persona alguna, por lo que fijó oportunidad para la declaración de los testigos que presentara la parte interesada.
Consta en autos Copia Certificada del Acta de Matrimonio de los ciudadanos ABRAHAM ANTONIO CORDERO y AMILDA MARGARITA DELGADO QUEVEDO, Copia Certificada del Acta de Defunción de la Causante: ANILDA MARGARITA DELGADO DE CORDERO. Copia Certificada de las partidas de Nacimientos de los ciudadanos: ABRAHAM JOSÉ CORDERO DELGADO, ADDINSON ANTONIO CORDERO DELGADO, ALFREDO JOSÉ CORDERO DELGADO. Copia simple de las cédulas de identidad de los ciudadanos: ABRAHAM ANTONIO CORDERO, ANILDA MARGARITA DELGADO DE CORDERO, ABRAHAM JOSÉ CORDERO DELGADO, ADDINSON ANTONIO CORDERO DELGADO, ALFREDO JOSÉ CORDERO DELGADO.
En su oportunidad comparecieron por ante este Juzgado los ciudadanos: ANTONIO JOSÉ ROMERO y JUAN RAMÓN DAVID PÉREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 8.050.512 y V-8.056.508, respectivamente, testigos promovidos por la parte interesada, evidenciándose con su declaración los hechos invocados en la Solicitud.
Por cuanto no ha habido Oposición este Juzgado Segundo del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en virtud de lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA estas diligencias suficientes para asegurarle a los ciudadanos: ADDINSON ANTONIO CORDERO DELGADO, ALFREDO JOSÉ CORDERO DELGADO, ABRAHAM JOSÉ CORDERO DELGADO y ABRAHAM ANTONIO CORDERO de la Causante: ANILDA MARGARITA DELGADO DE CORDERO, vocación hereditaria que les viene conforme al Artículo anteriormente mencionado, en concordancia con los Artículos 822 y 823 del Código Civil, quedando a salvo los derechos de terceros. En cuanto a las Copias Certificadas solicitadas, se acuerdan en conformidad. Devuélvanse estas actuaciones en original con sus resultas.
La Juez,
Abg. Miriam Durand Sánchez.
El Secretario,
Abg. Johnny Gutiérrez.
Seguidamente se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas.-Conste.
Srio.,
Solicitud N° 0997-11.-
Yeni.-
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