REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.



JUZGADO DEL MUNICIPIO MONSEÑOR JOSE VICENTE DE
UNDA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA

Chabasquen, 17 de Eneo del 2012.
Años: 201° Y 152°

EXP. N° 731/2012 DE REVISION DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN.

Vista la presente CONCILIACION celebrada entre los ciudadanos: FRANCISCO JAVIER ZERPA LOYO y NANCY DEL CARMEN PACHECO PACHECO, en beneficio de sus hijos: X,X,X, ambas partes acordaron el aumento la cantidad de TRESCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 300,oo) el padre se encargara en un 100% de los gastos en cuanto a los útiles y uniformes escolares, estrenos de los días 24 y 31 del mes de diciembre de su hijo de nombre: X y la madre se encargara en un 100% de los estrenos de los días 24 y 31 de su hija: X, los estrenos de su hijo: X, el padre comprara los estrenos del 24 de Diciembre y la madre se encargara de comprar los estrenos del 31 de Diciembre, su otro hijo de nombre: X, es económicamente independiente ya que trabaja por su propia cuenta, también acordaron que se siga descontando por nomina. Así mismo se comprometieron a consignar facturas al tribunal de los correspondientes gastos