REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO SUPERIOR DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas, jueves 0nce (11º) de Enero de 2011
201º y 152º

Exp Nº AP21-R-2011-002013
Asunto Principal Nº AP21-L-2011-002948


PARTE ACTORA: ciudadano PABLO JAVIER RODRIGUEZ ESCALONA, titular de la cedula de identidad N° V-13.867.025.

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: abogada ZULAY MATOS, inscrita en el inpreabogado bajo el Nª 77.659.

PARTE DEMANDADA: PREVENCIÓN 357, C.A.

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: Abogado: Cecilio Rosete Méndez, 42.731.

ASUNTO: Recurso de apelación interpuesto por la abogada ANA GIL, quien actúa como apoderada judicial de la parte actora, contra la decisión de fecha VEINTIOCHO (28) DE NOVIEMBRE DE DOS MIL ONCE (2011), emanada del Juzgado Sexto (6°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, demanda signada con la nomenclatura N° AP21-L-2011-002948 e interpuesta por el ciudadano PABLO JAVIER RODRIGUEZ ESCALONA contra PREVENCIÓN 357, C.A.

CAPITULO PRIMERO.
I.- Antecedentes.

1.- Fueron recibidas por distribución, en este Juzgado Superior, en fecha 06-12-2011, las presentes actuaciones en consideración del recurso de apelación interpuesto por la abogada ANA GIL, quien actúa como apoderada judicial de la parte actora, contra la decisión de fecha VEINTIOCHO (28) DE NOVIEMBRE DE DOS MIL ONCE (2011).

2.- Recibidos los autos en fecha 20 de diciembre de 2011, se dio cuenta al Juez de éste Juzgado, fijándose la oportunidad para la celebración de la audiencia de apelación para el día miércoles once (1) de enero de 2012, a las 11:00 a.m., oportunidad en la cual se dejó constancia de la incomparecencia de la parte actora apelante. Siendo la oportunidad para decidir una vez efectuada la audiencia de apelación en la cual se dictó el dispositivo del fallo, este Sentenciador procede a motivar su decisión bajo las siguientes consideraciones:

II.- Objeto del presente “Recurso de Apelación”.

La presente controversia tiene por objeto resolver la apelación que interpuso la parte actora contra la decisión de fecha VEINTIOCHO (28) DE NOVIEMBRE DE DOS MIL ONCE (2011), emanada del Juzgado Sexto (6°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, demanda signada con la nomenclatura N° AP21-L-2011-002948 e interpuesta por el ciudadano PABLO JAVIER RODRIGUEZ ESCALONA contra PREVENCIÓN 357, C.A.

CAPITULO SEGUNDO.
Del desistimiento del presente recurso de apelación.

1.- Siendo la oportunidad legal para decidir, esta Alzada observa que iniciada la audiencia oral y pública, fijada para el día y hora señalados supra, el Secretario del Tribunal al momento de anunciar la presencia de las partes en el acto, dejó expresa constancia de la incomparecencia de la parte actora recurrente, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, en la oportunidad debida.

2.- De la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se desprende que los artículos referidos a la audiencia oral y pública a celebrarse por ante los Juzgados Superiores del Trabajo, son de naturaleza obligatoria, y es por ello que constituye una carga procesal para el apelante, su comparecencia, y en tal sentido, ello conlleva a que la incomparecencia al acto acarree el desistimiento del recurso de apelación propuesto, y así está expresamente establecido en el artículo 164.

3.- En base a lo expuesto, es forzoso para quien sentencia en virtud de la incomparecencia del recurrente a la audiencia fijada, aplicar las consecuencias jurídicas establecidas en nuestra Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y declarar desistida la apelación interpuesta por la abogada ANA GIL, quien actúa como apoderada judicial de la parte actora, contra la decisión de fecha VEINTIOCHO (28) DE NOVIEMBRE DE DOS MIL ONCE (2011), emanada del Juzgado Sexto (6°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. en el cual se declaro Desistido el Procedimiento y Terminado el Proceso.

CAPITULO TERCERO
DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara DESISTIDO EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la abogada ANA GIL, quien actúa como apoderada judicial de la parte actora, contra la decisión de fecha VEINTIOCHO (28) DE NOVIEMBRE DE DOS MIL ONCE (2011), emanada del Juzgado Sexto (6°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, demanda signada con la nomenclatura N° AP21-L-2011-002948, e interpuesta por el ciudadano PABLO JAVIER RODRIGUEZ ESCALONA, contra PREVENCIÓN 357, C.A.

No hay expresa condenatoria en costas.

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y DEJESE COPIA

Dado, firmado y sellado en la Sala de despacho del Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas, el día (11º) día del mes de enero de 2012.

JUEZ
Dr. JESÚS MILLÁN FIGUERA
SECRETARIO
Abg. OSCAR ROJAS


NOTA: En el día de hoy, se dictó, publicó y diarizó la anterior sentencia.


SECRETARIO
Abg. OSCAR ROJAS