REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Tercero (3°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas

Caracas, 23de Enero de dos 2012
201º y 152º
ASUNTO: AP21-L-2011-004649

Visto el Escrito Transaccional, presentado en fecha 18 de Enero de 2012, por el ciudadano: OMAR YANEZ, debidamente asistido por la Abogada: MARGARITA MONTANER, y por la otra el ciudadano MARIA APELDE, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte demandada INTERNATIONAL BONDED COURRIERS DE VENEZUELA C.A., plenamente identificado en autos, luego de hacerse recíprocas concesiones las partes, convinieron en que la parte demandada paga a la parte demandante ciudadano OMAR YANEZ, en un pago único por la cantidad de DOS MIL NOVECIENTOS CTORCE BOLIVARES CON 86/100 CENTIMOS (Bs. 2.914,86), y por todos y cada uno de los conceptos que se especifican en el documento transaccional, con ocasión a la demandada incoada por diferencia de prestaciones sociales, por un monto de Bs. F. 14.371,49 este Juzgado previa revisión de las facultades conferidas en los Instrumentos Poderes otorgados por las partes a las referida profesionales del derecho y por cuanto la Transacción celebrada, no se vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables del trabajador, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia, con los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo le imparte su HOMOLOGACION, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA, en consecuencia da por terminado el presente procedimiento una vez vencido el lapso para ejercer recurso de Ley contra el presente auto.-

LA JUEZ


ABG. LETICIA MORALES VELÁSQUEZ
EL SECRETARIO


ABG. HECTOR RODRIGUEZ