ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2011-005168
PARTE ACTORA: JOSE ANTONIO RANGEL MAGO
PARTE DEMANDADA: ASOCIACIÓN COOPERTIVA PROTEGERCA R.L.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES



En el día hábil de hoy, once (11) de enero de dos mil doce (2012), siendo las 9:00 a.m., día y hora fijados para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Preliminar en el presente juicio; se deja expresa constancia de la incomparecencia de las partes a la misma, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 152 ° y 201 °.


LA JUEZ

LA SECRETARIA

NEREIDA HERNÁNDEZ GONZÁLEZ

MARÍA DÁVILA



NOTA: EN LA MISMA FECHA SE DICTÓ, PUBLICÓ Y DIARIZÓ LA PRESENTE DECISIÓN.

LA SECRETARIA


MARÍA DÁVILA