REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 11 de enero de 2012
201° y 152°

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2011-000692
PARTE ACTORA: YESENIA CAROLINA ACHIQUE PALACIOS
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Maria Mendoza Carrasco, Beatriz Pérez, Andrés Cedeño
PARTE DEMANDADA: BANESCO BANCO UNIVERSAL, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Mayralejandra Pérez
MOTIVO: DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES

Visto el escrito transaccional de fecha 14 de octubre de 2011, suscrito por los Abogados Dalia Coirán, titular de la Cédula de Identidad N° V-10.132.311, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 92.729, representante judicial de la parte actora; ciudadana YESENIA CAROLINA ACHIQUE PALACIOS, portadora de la Cedula de Identidad N° V-16.027.156, y Mayralejandra Pérez, Abogada, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 82.456, representante judicial de BANESCO BANCO UNIVERSAL, C.A., en su condición de parte demandada, mediante el cual las partes llegan a un acuerdo, en el marco del proceso de mediación llevado por el Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; con respecto a sus pretensiones, constante de diez (10) folios útiles; este Juzgado, visto que dicho acuerdo no es violatorio de los derechos del trabajador ni vulnera normas de orden público, en consecuencia, Homologa el citado acuerdo en los términos suscritos por las partes, dándole efectos de Cosa Juzgada, así mismo este Tribunal da por Terminado el presente asunto ordenando su archivo. Cúmplase.

DIOS Y FEDERACIÓN


La Juez
Abog. Estela Romero


La Secretaria
Abog. Diraima Virguez