REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Primero (21°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la circunscripción Judicial de Área Metropolitana de Caracas
ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR
N° DE EXPEDIENTE:AP21-L-2011-005968
PARTE ACTORA:YRIS RUMBOS
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO COMPARECIO
PARTE DEMANDADA: IMPRESIONES NEWSPRINTER
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA:JANICA GALLARDO
MOTIVO: DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy trece de enero de dos mil doce, siendo las 9:24 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, útiles comparece en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, la abogada JANICA GALLARDO, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 86.516, según consta en instrumento poder que cursa a los autos; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 152 ° y 201 °.
La Jueza
La Secretaria
Abg. Geraldine Eugenne Louis Núñez
Abg. Marylent Lunar
Apoderada judicial de la parte demandada
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